Decreto-ley 24/2021, de 26 de octubre, de aceleración del despliegue de las energías renovables distribuidas y participadas
También conocida como: RDL 24/2021, RDL 24/21Esta norma facilita y agiliza los trámites para instalar placas solares y molinos de viento, fomentando el autoconsumo y la energía limpia en Cataluña.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 30 de octubre de 2025
Cataluña cambia las reglas del autoconsumo y la planificación renovable
Las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo sin excedentes dejan de estar exentas de autorizaciones en los términos que recogía la norma. En instalaciones colectivas, la distribuidora deberá usar el acuerdo de reparto y el fichero de coeficientes más recientes. Además, las mesas de diálogo se crean en cada veguería y el plan fijará la producción eólica y fotovoltaica de cada municipio según su capacidad de acogida.
Reforma BOE-A-2026-562Ver qué cambió → - 31 de diciembre de 2021Reforma BOE-A-2022-953Ver qué cambió →
- 27 de octubre de 2021Versión original BOE-A-2021-21113
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (15 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
La norma modifica leyes para mejorar aceptación social de renovables, compatibilizar agricultura y energía, proteger biodiversidad, fijar objetivos 2030, simplificar autoconsumo y crear la Mesa de Diálogo Social de las Energías Renovables.
Artículo 2 — Modificación del Decreto-ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables
Se modifican y añaden artículos y apartados (1, 6, 7, 8, 9, 9 bis, 10, 14, 15) y anexos del Decreto-ley 16/2019, regulando medidas urgentes para emergencia climática e impulso a renovables.
Artículo 3 — Modificación de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático
Se modifica la Ley 16/2017 del cambio climático añadiendo la letra c bis) y modificando los apartados 1 b) y 6 del artículo 19.
Artículo 4 — Medidas en materia de autoconsumo de energía eléctrica
Para autoconsumo <100 kW en baja tensión, la inscripción catalana basta. No se pide más documentación. En instalaciones colectivas, se aporta acuerdo de reparto y coeficientes.
Artículo 5 — Creación de la Mesa de Diálogo Social de las Energías Renovables
Se crea la Mesa de Diálogo Social de las Energías Renovables en cada veguería para velar por la participación territorial y generar consenso en los proyectos.
Artículo 6 — Composición y funcionamiento de la Mesa de Diálogo Social de las Energías Renovables
La composición de la Mesa incluye representantes municipales, asociativos, asociaciones eólica/solar, pequeños productores, cooperativas, ecologistas y agentes sociales.
Disposición adicional primera — Plan territorial sectorial
El Gobierno debe aprobar el Plan territorial sectorial para energía eólica y fotovoltaica en 6 meses, determinando la producción por municipio según capacidad de acogida.
Disposición adicional segunda — Publicación de datos agrícolas
El departamento de agricultura publica en su web datos de superficies de secano y regadío en Cataluña y el porcentaje de ocupación por plantas autorizadas, en 3 meses desde la entrada en vigor.
Disposición adicional tercera — Supervisión de los gestores de las redes de distribución de energía eléctrica
La Dirección General de Energía supervisa que los gestores de redes justifiquen denegaciones de conexión hasta 25 KV para proyectos de hasta 5 MW. Se crea una Comisión de Seguimiento con la Administración.
Disposición adicional cuarta
El Gobierno debe crear en 3 meses un grupo de trabajo para constituir una empresa energética pública basada en fuentes de energía renovable.
Disposición transitoria primera — Aplicación de las medidas de mejora de la aceptación social a los proyectos en trámite
Los proyectos de parques eólicos y solares pendientes deben acreditar participación local y disponibilidad de terrenos. Si no se cumple, los promotores pueden desistir en 3 meses y recuperar garantías.
Disposición transitoria segunda — Procedimientos en trámite
Quienes pidieron consulta previa sin resolución pueden solicitar acuerdo. Los procedimientos de parques eólicos o solares iniciados antes de la entrada en vigor, sin información pública, se rigen por sus previsiones.
Disposición derogatoria
Se deroga el artículo 11 del Decreto-ley 16/2019 y el apartado 2 de la disposición final tercera de la Ley 3/2019.
Disposición final primera
El Gobierno debe impulsar las modificaciones legislativas necesarias para facilitar la implantación de energías renovables en edificios en un plazo de 3 meses.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Decreto-ley 24/2021, de 26 de octubre, sobre energías renovables distribuidas y participadas, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOGC núm. 8531, de 27 de octubre de 2021.
Leyes en las que se basa
- los arts. 64 y 67.6 a) del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio BOE-A-2006-13087
- el art. 19 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto BOE-A-2017-11001
- el art. 11, MODIFICA los arts. 1.c), 6 a 10, 14, 15, anexos 1 y 3 y AÑADE el art. 9 bis al Decreto-ley 16/2019, de 26 de noviembre BOE-A-2020-445
- la disposición final 3.2 de la Ley 3/2019, de 17 de junio DOGC-f-2019-90507
Leyes que la modifican
- con variación de preceptos modificadores, en BOE núm. 311 de 28 de diciembre de 2021 BOE-A-2021-21550
- y regula las instalaciones para la mejora de la eficiencia energética o hídrica y de los sistemas de energías renovables en los edificios: Decreto-ley 28/2021, de 21 de diciembre BOE-A-2022-2707
- los arts. 2, 6 y la disposición transitoria 2, por Ley 2/2021, de 29 de diciembre BOE-A-2022-953
- los arts. 4, 5 y la disposición adicional 1, por Decreto-ley 22/2025, de 28 de octubre BOE-A-2026-562
- con variación de preceptos modificadores, en DOGC núm. 8537, de 5 de noviembre de 2021 DOGC-f-2021-90393
- por Resolución 180/XIV, de 1 de diciembre de 2021 DOGC-f-2021-90422
- con rectificación del número oficial de la Resolución 190/XIV, en DOGC núm. 8574, de 30 de diciembre de 2021 DOGC-f-2021-90465
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