Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas españolas para la modernización y digitalización del sistema universitario español en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
También conocida como: RD 641/2021, RD 641/21Ayudas económicas para que las universidades públicas españolas mejoren sus equipos, redes y servicios digitales con fondos europeos.
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- 28 de julio de 2021Versión original BOE-A-2021-12614
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto y finalidad
Subvenciones plurianuales a universidades públicas para modernización y digitalización. Finalidades: mejorar calidad educativa y reducir brecha digital. Proyectos desarrollados por la propia universidad o entre varias.
Artículo 2 — Régimen jurídico aplicable
Se rigen por este real decreto, Ley 38/2003, RD 887/2006, RD-ley 36/2020, Reglamento (UE) 2021/241 y normativa UE aplicable.
Artículo 3 — Procedimiento de concesión
Concesión directa por Ministro de Universidades, publicándose en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a la Ley 38/2003.
Artículo 4 — Beneficiarias
Serán beneficiarias de estas subvenciones las universidades públicas españolas relacionadas en el anexo I del Real Decreto 641/2021.
Artículo 5 — Plazo de ejecución
Plazo total: 1 feb 2020-31 dic 2024. Ejecución parcial: 30% antes 31 dic 2022 y 60% antes 30 sep 2023.
Artículo 6 — Obligaciones de las beneficiarias
Incrementar índice digitalización 10% (vs 2019) antes 31 dic 2023. Comunicar proyectos antes 31 oct 2021. Evitar fraude y cumplir controles UE.
Artículo 7 — Compatibilidad con otras ayudas
La subvención es compatible con ayudas de la UE si no cubren el mismo coste, según el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241.
Artículo 8 — Cuantía y financiación
El total de subvenciones es de 76.850.000 euros para 2021-2022, distribuidas según el anexo I y financiadas por el Ministerio de Universidades.
Artículo 9 — Subcontratación de las actividades subvencionadas
Las universidades pueden subcontratar actividades subvencionadas a terceros, respetando los límites de la Ley 38/2003 y su reglamento.
Artículo 10 — Pago
Pago anticipado condicionado a crédito presupuestario. Exoneración de garantías. Previo al pago, acreditar cumplimiento tributario, Seguridad Social y no ser deudora. Certificación telemática automática salvo denegación expresa.
Artículo 11 — Régimen de justificación
Justificación mediante cuenta justificativa (memoria de actuación y económica) en 3 meses tras el 31/12/2023. Incluye justificantes de gastos. El Ministerio puede solicitar documentación adicional por muestreo.
Artículo 12 — Publicidad
Obligación de incorporar el logotipo del Ministerio de Universidades en toda difusión. Cumplir obligaciones de publicidad de la UE y España sobre fondos del Instrumento Europeo de Recuperación.
Artículo 13 — Incumplimientos y reintegros
Reintegro si no se ejecuta el proyecto, no se incrementa la digitalización un 10% respecto a 2019, o se incumplen obligaciones ambientales. El reintegro es proporcional al incumplimiento parcial.
Artículo 14 — Infracciones y sanciones
Las infracciones de las universidades se sancionan según el título IV, capítulos I y II, de la Ley 38/2003.
Disposición final primera — Título competencial
El real decreto se basa en la competencia exclusiva del Estado en investigación científica y normas básicas de la Constitución.
Disposición final segunda — Habilitación para el desarrollo y ejecución
Se faculta al Ministro de Universidades para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, sobre subvenciones a universidades públicas para su modernización y digitalización, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los arts. 22.2.c) y 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre BOE-A-2003-20977
- el art. 67 del Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio BOE-A-2006-13371
Leyes que la modifican
- el art. 5, por Real Decreto 576/2023, de 4 de julio BOE-A-2023-16573
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