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En vigorReal Decreto

Real Decreto 66/2026, de 4 de febrero, por el que se regulan las adquisiciones en común y proyectos colaborativos en el marco de las iniciativas europeas de defensa

También conocida como: RD 66/2026, RD 66/26
Ver en BOE
6 de febrero de 2026·Ministerio de Defensa·BOE-A-2026-2725
Resumen en lenguaje sencillo

Regula cómo España compra armamento y colabora en proyectos de defensa junto a otros países de la Unión Europea para mejorar la seguridad común.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    El Real Decreto regula la participación del Ministerio de Defensa en adquisiciones comunes de material de defensa financiadas por el instrumento europeo SAFE.

  2. Artículo 2 — Actuaciones del Ministerio de Defensa en el marco del Instrumento SAFE

    El Ministerio de Defensa suscribe contratos para adquisiciones comunes bajo SAFE, requiriendo acuerdo del Consejo de Ministros para representar a terceros Estados. Los procedimientos siguen el Reglamento (UE) 2025/1106.

  3. Artículo 3 — Cobertura financiera

    Las responsabilidades del Ministerio de Defensa en nombre de otros Estados están garantizadas por estos. La aprobación del gasto corresponde al titular del Ministerio u órganos delegados según la Ley 47/2003.

  4. Artículo 4 — No integración de los bienes objeto de suministro en el patrimonio de las administraciones públicas

    Los bienes adquiridos en nombre de terceros Estados no forman parte del patrimonio de las administraciones públicas.

  5. Disposición final primera — Título competencial

    El Estado tiene competencia exclusiva en defensa y Fuerzas Armadas, según el artículo 149.1.4.ª de la Constitución Española.

  6. Disposición final segunda — Facultades de desarrollo

    La persona titular del Ministerio de Defensa queda facultada para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este real decreto.

  7. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 66/2026, de 4 de febrero, sobre adquisiciones en común y proyectos colaborativos en iniciativas europeas de defensa, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
6 de febrero de 2026
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

  • la Ley 12/2012, de 26 de diciembre BOE-A-2012-15595
  • el Reglamento (UE) 2025/1106, de 27 de mayo DOUE-L-2025-80804
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