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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo

También conocida como: RDL 18/2020, RDL 18/20
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13 de mayo de 2020·27 de mayo de 2020·Jefatura del Estado·BOE-A-2020-4959
Resumen en lenguaje sencillo

Regula las ayudas y medidas de protección para trabajadores y empresas afectadas por los ERTE durante la crisis sanitaria del COVID-19.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Las empresas con ERTE por COVID-19 mantienen fuerza mayor total o parcial hasta el 30 de junio de 2020. Deben reincorporar trabajadores priorizando reducción de jornada y comunicar cambios a la autoridad laboral en 15 días.

  2. Artículo 2 — Procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción comunicados a partir del desconfinamiento

    Los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción iniciados hasta el 30 de junio de 2020 se rigen por el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020. Si siguen a un ERTE por COVID, sus efectos retrotraen al final de este.

  3. Artículo 3 — Medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo

    Las medidas del art. 25.1-5 del RDL 8/2020 son aplicables hasta el 30 de junio de 2020. Las del art. 25.6 del mismo texto son aplicables hasta el 31 de diciembre de 2020.

  4. Artículo 4 — Medidas extraordinarias en materia de cotización vinculadas a las medidas reguladas en el artículo 1

    La TGSS exonera cotizaciones mayo-junio 2020. Empresas con <50 trabajadores: 100% (o 75% si ≥50). Reinicio actividad: 85%/70% (<50) o 60%/45% (≥50). Suspensión: 60%/45% (<50) o 45%/30% (≥50). Requiere declaración responsable en Sistema RED.

  5. Artículo 5 — Límites relacionados con reparto de dividendos y transparencia fiscal

    Las empresas en paraísos fiscales no pueden usar ERTE. Quienes usen ERTE no reparten dividendos, salvo que paguen la exoneración de cuotas. No aplica a entidades con menos de 50 trabajadores al 29/02/2020.

  6. Disposición adicional primera

    El Consejo de Ministros puede prorrogar los ERTE y las exenciones de cuotas si persisten restricciones sanitarias tras el 30 de junio de 2020. También puede extender medidas de protección por desempleo.

  7. Disposición adicional segunda — Comisión de Seguimiento tripartita laboral

    Se crea una Comisión de Seguimiento tripartita (Gobierno, CEOE, CEPYME, CCOO, UGT) para seguir medidas laborales. Se reúne el segundo miércoles mensual o extraordinariamente. Debe consultarse antes de adoptar medidas de la disposición adicional primera.

  8. Disposición final primera — Modificación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

    Se modifica el RDL 8/2020: exoneración total de cuotas para empresas con <50 trabajadores en marzo-abril 2020; 75% para >=50. Compromiso de mantener empleo 6 meses. Incumplimiento implica reintegro con recargos. Excepciones: despido procedente, dimisión, fallecimiento.

  9. Disposición final segunda — Modificación del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19

    El RDL 9/2020 entra en vigor al publicarse. Mantiene vigencia durante el estado de alarma y prórrogas. Los artículos 2 y 5 mantienen vigencia hasta el 30 de junio de 2020.

  10. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de mayo de 2020
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11724
  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
  • el art. 24 y la disposición adicional 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo BOE-A-2020-3824
  • la disposición final 3 del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo BOE-A-2020-4152

Leyes que la modifican

  • los arts. 1.3 y 4.4 y 5, por Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo BOE-A-2020-5315
  • por Resolución de 27 de mayo de 2020 BOE-A-2020-5466
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