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En vigorDecreto urgente

Decreto-ley 5/2020, de 3 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias en materia de política social y sanitaria

También conocida como: RDL 5/2020, RDL 5/20
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22 de abril de 2020·29 de noviembre de 2022·Comunidad Autónoma de Extremadura·BOE-A-2020-4560
Resumen en lenguaje sencillo

Normativa de Extremadura con ayudas urgentes y medidas sociales y sanitarias para apoyar a personas vulnerables durante la crisis sanitaria.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Medidas en materia de subvenciones

    Las convocatorias de subvenciones sociales o sanitarias no publicadas antes del estado de alarma, cuya ejecución sea imposible, se rigen por el Decreto-ley 3/2020 si atienden a sectores vulnerables.

  2. Artículo 2 — Medidas en materia de Renta Básica Extremeña de Inserción y de Renta Extremeña Garantizada

    Durante el estado de alarma, los beneficiarios de Renta Básica y Garantizada quedan eximidos de compromisos. Las prestaciones se prorrogan automáticamente un mes tras el levantamiento. La revisión se realiza en 4 meses.

  3. Artículo 3 — Medidas en materia de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario

    Los conciertos sociales expirados tras el estado de alarma pueden renovarse directamente por un año máximo hasta fin de 2020, sin inscripción registral. Aplica la Ley 13/2018.

  4. Artículo 4 — Modificación del Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX)

    Se modifica el artículo 67.1 del Decreto 151/2006 (MADEX) añadiendo un párrafo. Se deroga la Disposición adicional tercera sobre revisión de precios de servicios concertados.

  5. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo establecido en el presente decreto-ley.

  6. Disposición final primera — Desarrollo reglamentario y ejecución

    Se habilita al Consejo de Gobierno y a la Consejería de Sanidad de Extremadura para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del decreto-ley.

  7. Disposición final segunda — Modificación de disposiciones reglamentarias

    Las modificaciones posteriores al MADEX (Decreto 151/2006) derivadas de este decreto-ley podrán efectuarse mediante norma reglamentaria.

  8. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Decreto-ley 5/2020, de 3 de abril, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de abril de 2020
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura

Notas oficiales

Publicada en el DOE núm. 67, de 6 de abril de 2020.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el art. 5, por Ley 5/2022, de 25 de noviembre BOE-A-2022-21019
  • por Resolución de 30 de abril de 2020 DOE-e-2020-90146
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