Orden SND/321/2020, de 3 de abril, por la que se establecen medidas especiales para el uso de bioetanol en la fabricación de soluciones y geles hidroalcohólicos para la desinfección de manos con ocasión de las crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
También conocida como: O 321/2020, O 321/20Esta norma permite usar bioetanol para fabricar geles desinfectantes de manos de forma más rápida durante la crisis sanitaria del COVID-19.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 11 de abril de 2020Reforma BOE-A-2020-4416Ver qué cambió →
- 4 de abril de 2020Versión original BOE-A-2020-4294
Información general
Temas
Notas oficiales
Vigencia en la forma indicada en el apartado 3.
Esta disposición ha dejado de estar vigente desde las 00:00 horas del 21 de junio de 2020.
Leyes en las que se basa
- Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio BOE-A-1981-12774
- el anexo V del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre BOE-A-2002-19923
- los arts. 4 y 13 del Real Decreto 463/2020. de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
Leyes que la modifican
- el anexo, por Resolución de 9 de abril de 2020 BOE-A-2020-4416
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