Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 4/2019, de 19 de marzo, por el que se modifica la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, para la creación de la categoría de Médico de Cuidados Paliativos

También conocida como: L 4/2019, L 4/19
Ver en BOE
16 de abril de 2019·26 de marzo de 2019·Comunidad de Castilla y León·BOE-A-2019-5739
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley crea oficialmente la categoría de médico de cuidados paliativos en el sistema de salud de Castilla y León para mejorar la atención médica.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

8
Artículos
1
Versiones
7
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Modificación del Anexo de Personal Estatutario Sanitario recogido en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León

    Se crea la categoría de Médico de Cuidados Paliativos. Sus funciones incluyen asistencia integral, docente e investigadora, en domicilio y centro sanitario, coordinando con otros servicios.

  2. Disposición adicional primera — Titulación para el acceso a la categoría de Médico de Cuidados Paliativos

    Para acceder a la categoría de Médico de Cuidados Paliativos se requiere título de especialista médico o certificación del Real Decreto 853/1993 sobre medicina general.

  3. Disposición adicional segunda — Retribuciones de la categoría de Médico de Cuidados Paliativos

    Las retribuciones de los Médicos de Cuidados Paliativos se establecen en la Ley 2/2007 y sus disposiciones de desarrollo para la categoría de licenciado especialista.

  4. Disposición adicional tercera — Integración de personal estatutario fijo

    El Servicio de Salud de Castilla y León ofrece integración voluntaria en la categoría de Médico de Cuidados Paliativos a licenciados especialistas fijos en dichas unidades.

  5. Disposición adicional cuarta — Adecuación de los nombramientos temporales

    Los nombramientos temporales en plaza vacante con funciones de Médico de Cuidados Paliativos se refieren a la nueva categoría si se tiene la titulación. Los sustitutos de personal integrado acceden a un nuevo nombramiento temporal si poseen la titulación exigida.

  6. Disposición derogatoria

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley.

  7. Disposición final primera — Habilitación normativa

    Se faculta a la persona titular de la Consejería de Sanidad para dictar las normas necesarias para el desarrollo de lo establecido en la presente Ley.

  8. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 4/2019, de 19 de marzo, que modifica el Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León para crear la categoría de Médico de Cuidados Paliativos, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
16 de abril de 2019
Departamento
Comunidad de Castilla y León

Notas oficiales

Publicada en el BOCyL núm. 26 de marzo de 2019

Leyes en las que se basa

atención al final de la vidaatención sanitaria Castilla y Leónempleo público sanitarioespecialistas en dolormédico cuidados paliativospersonal estatutario Sacyl