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En vigorOrden

Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 233, "Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados" y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria

También conocida como: O 1400/2018, O 1400/18
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27 de diciembre de 2018·2 de julio de 2025·Ministerio de Hacienda·BOE-A-2018-17772
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo las guarderías deben informar a Hacienda sobre los gastos de tus hijos para que puedas aplicar la deducción en tu renta.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
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Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Aprobación del modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados»

    Se aprueba el modelo 233 para declarar gastos en guarderías autorizadas. Las declaraciones complementarias o sustitutivas se presentan en la Sede Electrónica de la AEAT según requisitos técnicos vigentes.

  2. Artículo 2 — Obligados a presentar el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados»

    Están obligados a presentar el modelo 233 las guarderías o centros de educación infantil autorizados, conforme al artículo 81.2 de la Ley 35/2006 del IRPF.

  3. Artículo 3 — Contenido de la declaración informativa modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados»

    El modelo 233 debe incluir información sobre menores de tres años inscritos y aquellos que cumplen tres años, ampliándose a los meses posteriores hasta el inicio del segundo ciclo infantil.

  4. Artículo 4 — Plazo de presentación del modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados»

    La presentación del modelo 233 se realiza en enero de cada año, correspondiendo la información al año inmediatamente anterior.

  5. Artículo 5 — Formas de presentación del modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados»

    La presentación es electrónica en la Sede de la AEAT, regulada por la Orden HAP/2194/2013. Si hay errores, se corrigen y reenvían. La aceptación genera un código de verificación de 16 caracteres.

  6. Artículo 6 — Formato y diseño de la declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados

    El formato del modelo 233 se define en el anexo de la Orden HAC/1400/2018 y debe corresponder con el vigente en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  7. Disposición transitoria única — Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados del ejercicio 2018

    Excepcionalmente, para el ejercicio 2018, el plazo de presentación de la declaración informativa por gastos en guarderías será del 1 de enero al 15 de febrero de 2019.

  8. Disposición final primera

    Se incluye el modelo 233 en la Orden HAP/2194/2013. Las personas físicas pueden presentar varios modelos, incluido el 233, mediante Cl@ve, según la Orden PRE/1838/2014.

  9. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden HAC/1400/2018 entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Será aplicable por primera vez para las declaraciones del ejercicio 2018.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
27 de diciembre de 2018
Departamento
Ministerio de Hacienda

Notas oficiales

Entrada en vigor: 28 de diciembre de 2018, con efectos para la presentación de las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2018

Leyes en las que se basa

  • el art. 117 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio BOE-A-2007-15984
  • el art. 69. 9 y 10 del Reglamento aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo BOE-A-2007-6820
  • el art. 1.3 y el 12.a).2 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre BOE-A-2013-12385

Leyes que la modifican

  • el anexo indicado en el art. 1, por Orden HAC/1154/2020, de 27 de octubre BOE-A-2020-15598
  • el anexo indicado en el art. 1, por Orden HAC/682/2025, de 27 de junio BOE-A-2025-13411
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