Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación
También conocida como: O 72/2013, O 72/13Es la norma que obliga a declarar a Hacienda las cuentas, inversiones o propiedades que tengas fuera de España si superan ciertos límites.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 31 de octubre de 2023Reforma BOE-A-2023-22221Ver qué cambió →
- 31 de enero de 2013Versión original BOE-A-2013-954
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Aprobación del Modelo 720 y de sus diseños físicos y lógicos
Se aprueba el Modelo 720. La presentación telemática requiere un fichero con formato específico. Las complementarias se presentan en la Sede electrónica de la AEAT.
Artículo 2 — Obligados a presentar el modelo 720
Obligan a presentar el modelo 720 residentes en España y no residentes con establecimiento permanente, si tienen: cuentas bancarias en el extranjero, valores o derechos de participación en entidades, acciones de instituciones de inversión colectiva, seguros de vida o rentas vitalicias, y bienes o de
Artículo 3 — Contenido de la declaración informativa modelo 720
El modelo 720 debe incluir información sobre: cuentas en entidades financieras extranjeras, valores o derechos de participación en entidades, acciones en instituciones de inversión colectiva, seguros de vida e invalidez y rentas vitalicias, y bienes inmuebles o derechos sobre
Artículo 4 — Forma de presentación del modelo 720
La presentación del modelo 720 se realiza por vía telemática a través de Internet, siguiendo las condiciones y el procedimiento establecidos en los artículos 5 y 6 de la Orden HAP/72/2013.
Artículo 5 — Condiciones generales de presentación telemática
La presentación telemática puede hacerla el declarante o un tercero representante. Se requiere NIF, certificado electrónico X.509.V3 o DNI-e instalado en el navegador, y transmitir ficheros ajustados a los diseños tipo 1 y 2. Los errores formales se notifican para su subsanación.
Artículo 6 — Procedimiento para la presentación telemática de las declaraciones correspondientes al modelo 720
El procedimiento telemático implica acceder a la Sede electrónica de la AEAT, transmitir la declaración con firma electrónica y conservar el registro validado. Si se rechaza, se subsana. La AEAT valida los datos y notifica errores en 10 días para su corrección, o se archiva sin más trámite.
Artículo 7 — Plazo de presentación del modelo 720
El modelo 720 se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a la información.
Disposición transitoria única — Plazo de presentación del modelo 720 correspondiente al ejercicio 2012
El modelo 720 del ejercicio 2012 se presenta entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2013.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, aplicándose por primera vez al ejercicio 2012.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Disposición adicional 18 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre BOE-A-2003-23186
- Reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio BOE-A-2007-15984
- Ley 7/2012, de 29 de octubre BOE-A-2012-13416
Leyes que la modifican
- el art. 2 y el anexo, por Orden HFP/1180/2023, de 26 de octubre BOE-A-2023-22221
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.