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En vigorLey

Ley 1/2017, de 28 de marzo, por la que se amplían los límites del Parque Natural Lago de Sanabria y alrededores (Zamora), se modifica su denominación por la de Parque Natural Lago de Sanabria y Sierras Segundera y de Porto (Zamora), y se establece su régimen de protección, uso y gestión

También conocida como: L 1/2017, L 1/17
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24 de abril de 2017·5 de abril de 2017·Comunidad de Castilla y León·BOE-A-2017-4447
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley amplía el Parque Natural del Lago de Sanabria y regula cómo se debe proteger, usar y gestionar este espacio natural en Zamora.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
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1
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3
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Finalidad

    Se amplían los límites del Parque Natural Lago de Sanabria (Zamora), renombrándolo, y se establece su régimen de protección, uso y gestión para conservar ecosistemas y mejorar el bienestar social.

  2. Artículo 2 — Objetivos

    Objetivos prioritarios: conservar ecosistemas, paisajes, biodiversidad y hábitats (humedales, bosques). Compatibilizar con desarrollo socioeconómico. Complementarios: restaurar, promover conocimiento, desarrollo sostenible, preservar usos tradicionales e identidad paisajística.

  3. Artículo 3 — Ámbito territorial

    El Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto tiene 32.302 ha. Afecta a los municipios de Porto, Cobreros, Galende y Trefacio. Sus límites se especifican en el anexo de la ley.

  4. Artículo 4 — Régimen de protección, uso y gestión

    El régimen de protección, uso y gestión se rige por la Ley 4/2015 del Patrimonio Natural de Castilla y León, el Decreto 62/2013 (Plan de Ordenación) y demás instrumentos de planificación derivados.

  5. Disposición adicional — Persona responsable de la dirección y conservación del parque natural

    La consejería competente nombrará al responsable de la dirección y conservación del parque entre su personal funcionario, en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la ley.

  6. Disposición transitoria

    Hasta nueva regulación, rige el artículo 5 del Decreto 121/1990. Todos los ayuntamientos integrados en el parque tienen voz y voto en el patronato u otros órganos colegiados.

  7. Disposición derogatoria

    Se derogan el artículo 2 y el anexo I del Decreto 121/1990, de 5 de julio, sobre límites y regulación del Parque Natural del Lago de Sanabria, así como cuantas disposiciones se opongan a esta ley.

  8. Disposición final primera — Plan Rector de Uso y Gestión

    La consejería competente aprueba por orden el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto, elaborado con la participación de entidades locales y el patronato.

  9. Disposición final segunda — Composición y régimen de funcionamiento del patronato del Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto

    En seis meses desde la entrada en vigor, la consejería determina por orden la composición y funcionamiento del patronato del Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto.

  10. Disposición final tercera — Habilitación normativa

    Se autoriza a la Junta de Castilla y León para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente ley.

  11. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Ley 1/2017, de 28 de marzo, sobre el Parque Natural Lago de Sanabria y Sierras Segundera y de Porto, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
24 de abril de 2017
Departamento
Comunidad de Castilla y León

Notas oficiales

Publicada en el BOCYL núm. 66, de 5 de abril de 2017.

Leyes en las que se basa

  • el art. 25.5 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 14/1983, de 30 de noviembre BOE-A-2007-20635
  • los arts. 49 y 66 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo BOE-A-2015-4103
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