Orden SSI/889/2017, de 15 de septiembre, por la que se crean los Premios "Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos" y se establecen las bases reguladoras para la concesión de los mismos
También conocida como: O 889/2017, O 889/17Esta norma crea premios para reconocer proyectos que ayudan a mejorar el uso de antibióticos y frenar la resistencia a estos medicamentos.
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- 21 de septiembre de 2017Versión original BOE-A-2017-10776
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Creación de los Premios
Se crean 9 premios PRAN para galardonar iniciativas en vigilancia, investigación, formación, comunicación, prevención de infecciones y medioambiente sobre resistencia a antibióticos.
Artículo 2 — Finalidad de los Premios
Se crean 9 premios PRAN para reconocer iniciativas en vigilancia, investigación, formación, comunicación, prevención de infecciones y medioambiente sobre resistencia a antibióticos.
Artículo 3 — Contenido y financiación de los Premios
El premio incluye diploma y mínimo 3.000 euros. El pago único se realiza por transferencia a la cuenta del beneficiario, previa verificación de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Artículo 4 — Requisitos de los beneficiarios
Pueden optar personas físicas o jurídicas con actividades posteriores al 11 de junio de 2014. No pueden ser beneficiarios quienes estén inhabilitados para obtener ayudas públicas.
Artículo 5 — Procedimiento de concesión
La concesión es competitiva, pública y transparente. El procedimiento se inicia mediante convocatoria pública adoptada por resolución del titular de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Artículo 6 — Plazo y forma de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación es el de la convocatoria, mínimo un mes. Las solicitudes se presentan electrónicamente (obligatorio para jurídicas) o en papel (físicas). Solo una solicitud por persona y no se pueden repetir iniciativas ganadoras.
Artículo 7 — Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión
La Secretaría General de la AEMPS ordena e instruye el procedimiento. La Dirección de la AEMPS dicta la resolución de concesión de los premios.
Artículo 8 — Comisión de Valoración
La Comisión de Valoración evalúa solicitudes. Su composición incluye representantes de la AEMPS, comunidades autónomas, Sanidad, Agricultura, expertos y Medio Ambiente. Si no hay méritos, el premio se declara desierto.
Artículo 9 — Criterios objetivos de otorgamiento de los premios
Las solicitudes se valoran con máximo 100 puntos: metodología y resultados (35), continuidad (25), sinergias entre sectores (20) e innovación (20).
Artículo 10 — Resolución
La resolución la emite la Dirección de la AEMPS. El plazo máximo es de 6 meses desde la convocatoria. Si no se notifica, se entiende desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Artículo 11 — Compatibilidades
Los premios son compatibles con otras ayudas públicas o privadas, excepto las otorgadas por la AEMPS para la misma finalidad. Los solicitantes deben comunicar cualquier otra financiación obtenida.
Artículo 12 — Reintegro de los Premios
Procede el reintegro de cantidades e intereses de demora en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003 y su Reglamento (Real Decreto 887/2006).
Artículo 13 — Régimen jurídico
Lo no previsto en esta orden se rige por la Ley 38/2003 y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006.
Disposición adicional única — Ausencia de incremento del gasto público
Los gastos de promoción y concesión se financian con el presupuesto de la AEMPS, sin incremento presupuestario.
Disposición final primera — Título competencial
La orden se basa en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en bases y coordinación general de la sanidad.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden SSI/889/2017, de 15 de septiembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Ley 38/2003, de 17 de noviembre BOE-A-2003-20977
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio BOE-A-2006-13371
Leyes que la modifican
- los arts. 3.1, 4.1, 6.5, 8.1, 11.1, por Orden PCI/1157/2018, de 31 de octubre BOE-A-2018-15048
- los arts. 1 y 2, por Orden PCM/739/2021, de 5 de julio BOE-A-2021-11664
- el art. 8, por Orden PJC/336/2024, de 14 de abril BOE-A-2024-7546
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