Ley 5/2016, de 22 de julio, por la que se modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
También conocida como: L 5/2016, L 5/16Esta ley regula cómo reclamar si tienes problemas con los contratos o concursos públicos realizados por la Comunidad de Madrid.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 22 de diciembre de 2022Reforma BOE-A-2023-7343Ver qué cambió →
- 10 de agosto de 2016Versión original BOE-A-2016-11098
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
**Artículo único.**Modificación de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
El Tribunal de Contratación de Madrid, de 5 miembros, revisa recursos de la Administración, Universidades, Entidades Locales (>50.000 hab.) y sectores regulados. Mandato de 6 años sin renovación. Sus resoluciones agotan la vía administrativa.
**Disposición transitoria primera.**Mandato de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
Los actuales Presidente y Vocales del Tribunal de Contrata Pública de Madrid continúan hasta que finalicen sus nombramientos. Los cargos vacantes se cubren el 1 de enero de 2017 mediante concurso de méritos.
**Disposición transitoria segunda.**Convenio en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Hasta crear un órgano autonómico, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estatal resuelve reclamaciones de acceso a la información contra actos de la Comunidad de Madrid, mediante convenio de colaboración.
**Disposición final primera.**Habilitación normativa
Se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la Ley 5/2016, de 22 de julio, que modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
**Disposición final segunda.**Entrada en vigor
La Ley 5/2016, de 22 de julio, que modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el BOCM núm. 190, de 10 de agosto de 2016.
Leyes en las que se basa
- los arts. 27 y 37 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero BOE-A-1983-6317
- el art. 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre BOE-A-2011-8629
- disposición final 1 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre BOE-A-2016-2870
- la disposición adicional 4 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre BOE-A-2016-4510
Leyes que la modifican
- la disposición transitoria 2.2, por Ley 11/2022, de 21 de diciembre BOE-A-2023-7343
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.