Resolución de 14 de abril de 2015, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción
Esta norma explica a las empresas cómo deben calcular correctamente cuánto les cuesta fabricar sus productos para llevar bien sus cuentas.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Primera. Ámbito de aplicación
La Resolución es obligatoria para todas las empresas que apliquen los Planes Generales de Contabilidad. Se aplica a productos fabricados, existencias e inmovilizado material o intangible fabricado por la entidad.
Segunda. Coste de producción
El coste incluye materias primas y costes indirectos normales. Incluye gastos de pruebas (minorados por ingresos) y desmantelamiento. Permite usar coste estándar o método minorista si reflejan el coste real, revisando estimaciones si varían las condiciones.
Tercera. Costes directos de producción
Los costes directos son aquellos derivados de recursos cuyo consumo se puede medir y asignar inequívocamente a un producto o conjunto de productos fabricados por la empresa.
Cuarta. Costes indirectos de producción
Los costes indirectos se distribuyen por criterios razonables. Se identifican costes específicos y de subactividad (gasto del ejercicio). La amortización no se reduce por subvenciones. Se incluyen gastos de investigación productiva. Los criterios deben ser uniformes.
Quinta. Producción conjunta
En producción conjunta, los costes se asignan proporcionalmente al valor neto realizable. Subproductos y residuos se valoran así; si su valor es negativo, su coste se suma al producto principal. Se definen subproductos, residuos y materiales recuperados.
Sexta. Mermas en los procesos productivos
Las mermas del proceso productivo forman parte del coste hasta que el producto esté terminado. Las mermas de productos terminados son pérdidas del ejercicio. Las indemnizaciones por siniestros no reducen el coste, sino que son ingresos.
Séptima. Gastos de comercialización y gastos posteriores a la venta
Los gastos de comercialización y posteriores a la venta (devoluciones, garantías, revisiones) no forman parte del coste de producción. Las comisiones se imputan al ejercicio en que se devengan los ingresos.
Octava. Gastos generales de administración o dirección de empresa
Los gastos generales de administración no forman parte del coste de producción, salvo los específicos relacionados con la fabricación. El almacenamiento tampoco se incluye, salvo que sea necesario en el proceso productivo.
Novena. Gastos financieros
Se definen gastos financieros (intereses, comisiones, diferencias cambio) capitalizables en existencias/inmovilizado >1 año. Se calculan sobre valor contable medio menos subvenciones, usando financiación específica primero y tipo medio ponderado. Capitalización inicia al cumplir condiciones, se susp
Décima. Diferencias de cambio en moneda extranjera
Las diferencias de cambio no rectifican el coste, salvo ajuste tipo interés. Si financian inmovilizado/existencias >12 meses, se capitalizan si la deuda es específica y la variación es previa a la terminación. Los importes capitalizados se amortizan.
Undécima. Métodos de valoración de las existencias
Se valora por identificación específica (no intercambiables) o precio medio ponderado/FIFO (intercambiables). Se aplican sistemáticamente. Devoluciones y descuentos reducen el valor de existencias. El método debe mantenerse uniforme salvo cambio justificado.
Duodécima. Coste de las existencias en la prestación de servicios
El coste de existencias en servicios incluye mano de obra, supervisión y costes indirectos distribuibles. Excluye ventas, administración, márgenes de ganancia y costes no distribuibles, hasta reconocer el ingreso.
Decimotercera. Normas particulares
Establece criterios de coste para constructoras (imputación lineal de instalaciones), inmobiliarias (valoración de terrenos, multipropiedad y activos), vitivinícolas (plantaciones, soleras y uva) y federaciones deportivas (eventos y animales). Excluye gastos generales y aplica la Norma Novena para gastos financieros.
Decimocuarta. Información a incluir en memoria
La memoria debe incluir: criterios costes indirectos y modificaciones; justificación coste estándar/minoristas; criterios producción conjunta; gastos financieros capitalizados; métodos valoración existencias; influencia devoluciones, rappels y descuentos.
Decimoquinta. Entrada en vigor
La Resolución se aplica sin efectos retroactivos en cuentas anuales individuales y consolidadas de ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015.
Información general
Notas oficiales
Aplicable a las cuentas de los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2015.
Leyes en las que se basa
- Disposición final 3 del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre BOE-A-2007-19884
- Disposición final 1 del Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre BOE-A-2007-19966
- Disposición final 3 del Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre BOE-A-2010-14621
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