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En vigorInstrucción

Resolución de 14 de abril de 2015, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción

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23 de abril de 2015·Ministerio de Economía y Competitividad·BOE-A-2015-4394
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica a las empresas cómo deben calcular correctamente cuánto les cuesta fabricar sus productos para llevar bien sus cuentas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (15 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primera. Ámbito de aplicación

    La Resolución es obligatoria para todas las empresas que apliquen los Planes Generales de Contabilidad. Se aplica a productos fabricados, existencias e inmovilizado material o intangible fabricado por la entidad.

  2. Segunda. Coste de producción

    El coste incluye materias primas y costes indirectos normales. Incluye gastos de pruebas (minorados por ingresos) y desmantelamiento. Permite usar coste estándar o método minorista si reflejan el coste real, revisando estimaciones si varían las condiciones.

  3. Tercera. Costes directos de producción

    Los costes directos son aquellos derivados de recursos cuyo consumo se puede medir y asignar inequívocamente a un producto o conjunto de productos fabricados por la empresa.

  4. Cuarta. Costes indirectos de producción

    Los costes indirectos se distribuyen por criterios razonables. Se identifican costes específicos y de subactividad (gasto del ejercicio). La amortización no se reduce por subvenciones. Se incluyen gastos de investigación productiva. Los criterios deben ser uniformes.

  5. Quinta. Producción conjunta

    En producción conjunta, los costes se asignan proporcionalmente al valor neto realizable. Subproductos y residuos se valoran así; si su valor es negativo, su coste se suma al producto principal. Se definen subproductos, residuos y materiales recuperados.

  6. Sexta. Mermas en los procesos productivos

    Las mermas del proceso productivo forman parte del coste hasta que el producto esté terminado. Las mermas de productos terminados son pérdidas del ejercicio. Las indemnizaciones por siniestros no reducen el coste, sino que son ingresos.

  7. Séptima. Gastos de comercialización y gastos posteriores a la venta

    Los gastos de comercialización y posteriores a la venta (devoluciones, garantías, revisiones) no forman parte del coste de producción. Las comisiones se imputan al ejercicio en que se devengan los ingresos.

  8. Octava. Gastos generales de administración o dirección de empresa

    Los gastos generales de administración no forman parte del coste de producción, salvo los específicos relacionados con la fabricación. El almacenamiento tampoco se incluye, salvo que sea necesario en el proceso productivo.

  9. Novena. Gastos financieros

    Se definen gastos financieros (intereses, comisiones, diferencias cambio) capitalizables en existencias/inmovilizado >1 año. Se calculan sobre valor contable medio menos subvenciones, usando financiación específica primero y tipo medio ponderado. Capitalización inicia al cumplir condiciones, se susp

  10. Décima. Diferencias de cambio en moneda extranjera

    Las diferencias de cambio no rectifican el coste, salvo ajuste tipo interés. Si financian inmovilizado/existencias >12 meses, se capitalizan si la deuda es específica y la variación es previa a la terminación. Los importes capitalizados se amortizan.

  11. Undécima. Métodos de valoración de las existencias

    Se valora por identificación específica (no intercambiables) o precio medio ponderado/FIFO (intercambiables). Se aplican sistemáticamente. Devoluciones y descuentos reducen el valor de existencias. El método debe mantenerse uniforme salvo cambio justificado.

  12. Duodécima. Coste de las existencias en la prestación de servicios

    El coste de existencias en servicios incluye mano de obra, supervisión y costes indirectos distribuibles. Excluye ventas, administración, márgenes de ganancia y costes no distribuibles, hasta reconocer el ingreso.

  13. Decimotercera. Normas particulares

    Establece criterios de coste para constructoras (imputación lineal de instalaciones), inmobiliarias (valoración de terrenos, multipropiedad y activos), vitivinícolas (plantaciones, soleras y uva) y federaciones deportivas (eventos y animales). Excluye gastos generales y aplica la Norma Novena para gastos financieros.

  14. Decimocuarta. Información a incluir en memoria

    La memoria debe incluir: criterios costes indirectos y modificaciones; justificación coste estándar/minoristas; criterios producción conjunta; gastos financieros capitalizados; métodos valoración existencias; influencia devoluciones, rappels y descuentos.

  15. Decimoquinta. Entrada en vigor

    La Resolución se aplica sin efectos retroactivos en cuentas anuales individuales y consolidadas de ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
23 de abril de 2015
Departamento
Ministerio de Economía y Competitividad

Notas oficiales

Aplicable a las cuentas de los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2015.

Leyes en las que se basa

  • Disposición final 3 del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre BOE-A-2007-19884
  • Disposición final 1 del Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre BOE-A-2007-19966
  • Disposición final 3 del Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre BOE-A-2010-14621
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