Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias
Esta norma explica cómo deben las empresas registrar y valorar sus bienes inmuebles y equipos en su contabilidad para reflejar su valor real.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Primera. Valoración inicial
El inmovilizado se valora por su coste (adquisición o producción). Incluye gastos financieros, transporte, instalación y pruebas. Se excluyen impuestos recuperables e ingresos accesorios. Incluye costes de desmantelamiento y anticipos actualizados.
Segunda. Valoración posterior
La valoración del inmovilizado depende de reparaciones, conservación y renovaciones. La amortización se calcula por vida útil y valor residual, usando métodos lineales o de producción. Se revisa anualmente y cesa si se destina a la venta.
Tercera. Formas especiales de adquisición del inmovilizado material
El inmovilizado gratuito se valora por su valor razonable. Las permutas comerciales usan el valor razonable del entregado; las no comerciales, el valor contable. Las aportaciones no dinerarias de capital se registran por valor razonable.
Cuarta. Baja en cuentas
El inmovilizado se da de baja en enajenación o cese de beneficios. El resultado es la diferencia entre valor neto obtenido y valor contable. Se detallan casos especiales: entregas gratuitas, expropiación, siniestros, arrendamiento temporal y dación en pago.
Quinta. Inversiones inmobiliarias
Las inversiones inmobiliarias son inmuebles para rentas o plusvalías. Se registran como inmovilizado material. Cambian de categoría si varía su uso: a inmovilizado si se usa, a existencias si se transforma para vender, o desde existencias si se alquila.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Resolución de 30 de julio de 1991 BOE-A-1992-1087
- la disposición final 3 del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre BOE-A-2007-19884
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 100, de 26 de abril de 2013 BOE-A-2013-4415
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