Ley 18/2015, de 10 de diciembre, de Medidas de Actualización en el ámbito de la Actividad Investigadora, Científica, Técnica e Innovadora en el Sector Público Regional
También conocida como: L 18/2015, L 18/15Esta ley regula cómo se organiza y contrata al personal investigador en los centros públicos de ciencia e innovación de la Región de Murcia.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Disposiciones específicas del personal investigador y técnico de los organismos públicos de investigación
Los organismos públicos de investigación autonómicos pueden contratar personal investigador y técnico laboral vinculado a proyectos, según la Ley 14/2011 y el Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 2 — Régimen jurídico
El régimen jurídico y retributivo se rige por la Ley 14/2011. Se fijarán reglamentariamente las retribuciones máximas. También aplica la normativa estatal si no hay previsión autonómica específica.
Artículo 3 — Financiación y selección
La financiación proviene de créditos presupuestarios autorizados según los presupuestos anuales. La selección se realiza por igualdad, mérito, capacidad y publicidad, sin ocupar plaza en la relación de puestos.
Disposición final primera — Modificación de la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Se modifica la Ley 8/2007 añadiendo una disposición que considera organismos públicos de investigación a entidades públicas, sociedades mercantiles y fundaciones con actividad investigadora.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Ley 18/2015, de 10 de diciembre, de Medidas de Actualización en el ámbito de la Actividad Investigadora, Científica, Técnica e Innovadora en el Sector Público Regional, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el BOMU núm. 286, de 12 de diciembre de 2015.
Leyes en las que se basa
- el art. 30.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio BOE-A-1982-15031
- la disposición adicional 6 a la Ley 8/2007, de 23 de abril BOE-A-2008-12584
- Ley 14/2011, de 1 de junio BOE-A-2011-9617
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