Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, por el que se aprueban las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil
También conocida como: RD 634/2013, RD 634/13Esta norma regula cómo deben ser los estudios y la formación necesaria para convertirse en oficial de la Guardia Civil.
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Artículo único — Aprobación de las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil
Se aprueban las directrices generales de los planes de estudios para la formación de oficiales de la Escala Superior de la Guardia Civil.
Disposición adicional primera — Protección de la maternidad
La protección de la maternidad se rige por el Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, sobre medidas en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional segunda — Empleos eventuales
Al cumplir requisitos para el tercer curso, los alumnos obtienen el empleo de Alférez (carácter eventual) y se incorporan a la Academia de Oficiales y su Centro Universitario.
Disposición adicional tercera — Aplicación del estatuto del Estudiante Universitario
Los alumnos son universitarios y militares. Sus derechos se rigen por el Estatuto del Estudiante (RD 1791/2010), la normativa de Fuerzas Armadas/Guardia Civil y convenios universitarios.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga el Real Decreto 1563/1995, de 21 de septiembre, sobre planes de estudios de la Guardia Civil, y cualquier disposición de igual o inferior rango que se oponga a este real decreto.
Disposición final primera — Facultades de desarrollo
Los Ministros de Defensa y del Interior tienen facultades para dictar disposiciones de desarrollo. Deben aprobar conjuntamente los planes de estudios en el plazo máximo de un año desde la publicación del real decreto.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, sobre las directrices de los planes de estudios para la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Primera. Objeto y normativa aplicable
Establece directrices para la formación de oficiales de la Guardia Civil. En la Academia General Militar aplica la Orden DEF/1158/2010 y la Orden Ministerial 49/2010. Se requiere superación de la prueba de acceso a la universidad.
Segunda. Principios rectores de la enseñanza de formación
La formación para Oficiales de la Guardia Civil se rige por principios de aprendizaje continuo, transmisión de valores, respeto a derechos e igualdad, adaptación al cambio, validación de calidad y apoyo al profesorado.
Tercera. Finalidad de los planes de estudios
Los planes buscan capacitar profesionalmente, integrar formación técnica y humana según la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y cumplir con la creación del Centro Universitario de la Guardia Civil.
Cuarta. Criterios a los que deben ajustarse los planes de estudios
Los planes deben garantizar formación humana, valores constitucionales, principios de seguridad y Guardia Civil, formación profesional, integrar enseñanzas militar y general, y combinar teoría y práctica.
Quinta. Definiciones
Definiciones: Conocimiento (información asimilada), Módulo (conjunto de contenidos), Materias (áreas homogéneas) y Asignaturas (selección de unidades con actividades teóricas, prácticas, seminarios, conferencias y evaluación).
Sexta. Unidad de medida
Se usa el crédito europeo (ECTS), de 25 horas. La instrucción se computa en días (equivalente a 6 horas) si es exclusiva, o en horas si es discontinua. No forma parte de la carga lectiva militar.
Séptima. Duración
La formación dura 5 cursos académicos para acceso directo (2 en Academia General Militar, 3 en Academia Guardia Civil) y máximo 2 cursos para promoción interna, impartidos en la Academia de Oficiales.
Octava. Créditos
Acceso directo: máx. 385 ECTS (240 de Ingeniería de la Seguridad). Promoción interna: máx. 160 ECTS para incorporarse a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil.
Novena. Distribución de la carga de trabajo
Los cursos duran máx. 43 semanas. Instrucción y adiestramiento: máx. 30 semanas (32 si las extra son en 1º curso). Máx. 80 ECTS por curso, ni 2,2 semanales.
Décima. Configuración modular
Los planes de estudios se configuran por módulos con créditos ECTS: Formación militar (30-40), Formación de grado (0-120), Mixta (120-140) y Fuerza y Cuerpo (80-120).
Undécima. Definición de los módulos
Módulos: militar (2 años), grado, grado y fuerza, y fuerza. Se exige inglés nivel B2. Instrucción incluye prácticas en unidades. La formación militar se imparte en la Academia General Militar.
Duodécima. Asignación de créditos a las materias
Las materias tienen mínimo 3 créditos, salvo Formación Militar y Fuerza y Cuerpo. El trabajo presencial no supera el 50% de los créditos, excepto en formación física y orden cerrado, donde puede ser total.
Decimotercera. Diseño y contenido de los planes de estudios
Los planes deben incluir perfiles profesionales, planificación temporal y reconocimiento de créditos por procedencia militar. Las alumnas embarazadas o en posparto pueden cursar materias a distancia. Se puede impartir asignaturas en inglés para promover su aprendizaje.
Decimocuarta. Efectos de la superación de los planes de estudios
Superar los estudios y obtener plaza otorga la condición de guardia civil (militar de carrera), el empleo de teniente y, si es acceso directo, el título universitario. La calificación final determina el orden de escalafón.
Decimoquinta. Modificación del plan de estudios
Los planes de estudios tienen vigencia mínima igual a sus años académicos y se extinguen curso por curso si se modifican. Si hay cambios tecnológicos o didácticos, los Ministros de Defensa y del Interior establecen el reconocimiento de créditos entre planes.
Decimosexta. Garantía de Calidad
El sistema de enseñanza de la Escala Superior de Oficiales está sujeto a un proceso cíclico de validación para detectar disfunciones y adoptar medidas correctoras que garanticen la calidad y la consecución de las competencias profesionales.
Información general
Leyes en las que se basa
- lo indicado del Real Decreto 1563/1995, de 21 de septiembre BOE-A-1995-22622
- el art. 19 de la Ley 42/1992, de 25 de noviembre BOE-A-1999-22670
- Ley 39/2007, de 19 de noviembre BOE-A-2007-19880
- Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre BOE-A-2009-20386
- Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre BOE-A-2010-20147
Leyes que la modifican
- aprobando el plan de estudios de la Escala Superior de Oficiales y normas de evaluación y permanencia en el centro docente: Orden PRE/2207/2013, de 22 de noviembre BOE-A-2013-12456
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