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En vigorOrden

Orden ITC/734/2010, de 24 de marzo, por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica, de la red de transporte de gas natural y de las instalaciones de almacenamiento de reservas estratégicas de productos petrolíferos

También conocida como: O 734/2010, O 734/10
Ver en BOE
26 de marzo de 2010·Ministerio de Industria, Turismo y Comercio·BOE-A-2010-4978
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cómo se planifican y proponen las nuevas instalaciones necesarias para llevar la electricidad y el gas a los hogares y empresas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Se convocan propuestas de desarrollo de redes eléctricas, gasistas y almacenamiento. Plazo de 3 meses desde la publicación en el BOE para enviar información a REE, Enagás y la Subdirección General de Planificación Energética.

  2. Artículo 2 — Red de transporte de energía eléctrica

    La información sobre la red eléctrica se envía a REE cumpliendo los procedimientos 13.1, 13.3 y 12.1. Debe incluir datos técnicos, año de servicio y justificación. Las Comunidades Autónomas aportan planes regionales y corredores.

  3. Artículo 3 — Red de transporte de gas natural

    Las propuestas de la red de gas natural se envían al gestor técnico. Deben incluir datos técnicos, estado administrativo y justificación. Las Comunidades aportan planes regionales y corredores gasistas. Las distribuidoras envían propuestas de sus redes.

  4. Artículo 4 — Instalaciones de almacenamiento de reservas estratégicas de productos petrolíferos

    CORES aporta datos sobre planificación de reservas petroleras: demanda (5 años históricos y previsión 2012-2020) y almacenamiento (volumen actual, necesidades, infraestructura, previsión y capacidad disponible).

  5. Disposición adicional única — Solicitud de información adicional

    La Secretaría de Estado de Energía puede solicitar información adicional a los agentes para la evaluación ambiental estratégica según la Ley 9/2006 y establecer límites de conexión de generación especial.

  6. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Orden ITC/734/2010 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
26 de marzo de 2010
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Leyes en las que se basa

infraestructuras de luz y gasinstalaciones energéticasplanificación energéticared eléctricareservas de combustiblesuministro de gastransporte de energía