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En vigorLey

Ley 11/2008, de 9 de diciembre, de declaración de la Reserva Natural "Acebal de Garagüeta" (Soria)

También conocida como: L 11/2008, L 11/08
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17 de enero de 2009·26 de diciembre de 2008·Comunidad de Castilla y León·BOE-A-2009-810
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley protege el bosque de acebos de Garagüeta en Soria, declarándolo reserva natural para conservar su flora y permitir su disfrute responsable.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Finalidad

    Se declara la Reserva Natural Acebal de Garagüeta (Soria) para conservar ecosistemas y paisajes, compatibilizándolo con usos tradicionales, educativos, científicos, turísticos y el bienestar social.

  2. Artículo 2 — Objetivos

    Objetivos prioritarios: conservar biodiversidad, patrimonio y promover desarrollo socioeconómico sostenible. Complementarios: conservar acebos, estudiar hábitats, proteger especies amenazadas, restaurar ecosistemas, mantener usos tradicionales compatibles y fomentar el conocimiento público.

  3. Artículo 3 — Ámbito territorial

    La Reserva Natural Acebal de Garagüeta abarca unas 406 ha en el Monte nº 110 de Soria, afectando parcialmente a Arévalo de la Sierra. Sus límites figuran en el anexo de la ley.

  4. Artículo 4 — Régimen de protección, uso y gestión

    El régimen de protección, uso y gestión se rige por la Ley 8/1991 de Espacios Naturales, el Decreto 112/2007 que aprueba el Plan de Ordenación y demás normas de desarrollo.

  5. Disposición final primera — Plan de Conservación

    La Junta de Castilla y León aprueba el Plan de Conservación, elaborado por los gestores de la Reserva con participación de las Entidades Locales afectadas.

  6. Disposición final segunda — Composición y constitución de la Junta Rectora

    La Junta de Castilla y León determina la composición de la Junta Rectora en 3 meses desde la entrada en vigor de la ley, conforme al artículo 40 de la Ley 8/1991, y procede a su constitución.

  7. Disposición final tercera — Nombramiento del Director Conservador

    La Consejería de Medio Ambiente nombra al Director Conservador en 3 meses desde la constitución de la Junta Rectora, previa audiencia de esta.

  8. Disposición final cuarta — Habilitación normativa

    Se autoriza a la Junta de Castilla y León para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de la Ley 11/2008, de 9 de diciembre, de declaración de la Reserva Natural "Acebal de Garagüeta" (Soria).

  9. Disposición final quinta — Entrada en vigor

    La Ley 11/2008, de 9 de diciembre, de declaración de la Reserva Natural "Acebal de Garagüeta" (Soria), entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de enero de 2009
Departamento
Comunidad de Castilla y León

Notas oficiales

Publicada en el BOCYL núm. 249, de 26 de diciembre de 2008.

Leyes en las que se basa

  • art. 21 de la Ley 8/1991, de 10 de mayo BOE-A-1991-17069
  • art. 71.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre BOE-A-2007-20635
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre BOE-A-2007-21490
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