Ley 5/2009, de 30 de junio, de creación del Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de la Comunitat Valenciana
También conocida como: L 5/2009, L 5/09Esta ley crea el Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de la Comunidad Valenciana para regular y organizar a estos profesionales sanitarios.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Creación
Se crea el Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de la Comunitat Valenciana como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia.
Artículo 2 — Ámbito territorial
El ámbito territorial del Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de la Comunitat Valenciana es la Comunitat Valenciana.
Artículo 3 — Ámbito personal
El Colegio agrupa a diplomados en Nutrición Humana y Dietética. Para ejercer en la Comunitat Valenciana es necesaria la incorporación al colegio.
Artículo 4 — Normativa reguladora
El Colegio se rige por la Ley 2/1974, Ley 6/1997, Decreto 4/2002, su ley de creación, estatutos, normativa interna y legislación aplicable.
Artículo 5 — Relaciones con la administración
El Colegio se relaciona con la Conselleria de colegios profesionales y las de dietética y nutrición, pudiendo hacerlo con otras administraciones según la materia.
Disposición adicional única — Excepción a la incorporación obligatoria
Quedan exceptuados de la incorporación obligatoria al Colegio los profesionales que ejerzan exclusivamente al servicio de las administraciones públicas en la Comunitat Valenciana.
Disposición transitoria única — Proceso constituyente
En 6 meses se aprueban estatutos provisionales y se convoca la Asamblea Constituyente. En otros 6 meses se aprueban estatutos definitivos y se eligen órganos de gobierno. El acta se remite para verificación legal.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Ley 5/2009, de 30 de junio, de creación del Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de la Comunitat Valenciana, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el DOCV núm. 6049, de 3 de julio de 2009.
Leyes en las que se basa
- Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio BOE-A-1982-17235
- art. 7 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre BOE-A-1998-205
- Real Decreto 433/1998, de 20 de marzo BOE-A-1998-8914
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