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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1343/2007, de 11 de octubre, por el que se establecen normas y especificaciones relativas al sistema de calidad de los centros y servicios de transfusión

También conocida como: RD 1343/2007, RD 1343/07
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1 de noviembre de 2007·27 de julio de 2018·Ministerio de Sanidad y Consumo·BOE-A-2007-18918
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma asegura que los centros de transfusión y bancos de sangre sigan reglas estrictas para garantizar que la sangre sea segura y de calidad.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    Este real decreto establece requisitos mínimos de calidad para toda la red nacional de centros y servicios de transfusión.

  2. Artículo 2 — Definiciones

    Se definen términos del sistema de calidad en transfusión: aseguramiento, buena práctica, control de calidad, cualificación, cuarentena, especificaciones, gestión de calidad, normas, procedimiento escrito, procesamiento, rastreo, sistema de calidad, sistema informatizado, unidad móvil y validación.

  3. Artículo 3 — Principios generales del sistema de calidad

    El sistema de calidad debe especificar procesos críticos, usar directrices europeas, revisarse periódicamente e incluir gestión, personal, donación, almacenamiento y auditorías.

  4. Artículo 4 — Aseguramiento de la calidad

    Los centros de transfusión deben tener apoyo de calidad interno o asociado. Los procedimientos, locales y equipos que influyen en la seguridad de la sangre se validan antes de usarse y se revalidan periódicamente.

  5. Artículo 5 — Importación de sangre y componentes

    La sangre y componentes importados de terceros países deben cumplir normas y especificaciones equivalentes a las establecidas en este real decreto antes de su importación.

  6. Disposición final primera — Incorporación de derecho de la Unión Europea

    Este real decreto incorpora al ordenamiento interno la Directiva 2005/62/CE, que aplica la Directiva 2002/98/CE sobre normas de calidad para centros de transfusión sanguínea.

  7. Disposición final segunda — Título competencial

    Este real decreto es norma básica, dictada al amparo del artículo 149.1.16 de la Constitución y los apartados 5, 6 y 7 del artículo 40 de la Ley 14/1986 General de Sanidad.

  8. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1343/2007, de 11 de octubre, sobre el sistema de calidad de los centros y servicios de transfusión, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
1 de noviembre de 2007
Departamento
Ministerio de Sanidad y Consumo

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el art. 3.1, por Real Decreto 905/2018, de 20 de julio BOE-A-2018-10579
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