Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva
También conocida como: O 101/2006, O 101/06Esta norma establece qué medidas de seguridad y salud deben incluir obligatoriamente las empresas mineras para proteger a sus trabajadores.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 18 de marzo de 2020Reforma BOE-A-2020-3853Ver qué cambió →
- 30 de enero de 2006Versión original BOE-A-2006-1373
Artículo por artículo
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Artículo único — Aprobación de la Instrucción Técnica Complementaria 02.1.01 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera: «Documento sobre seguridad y salud»
Se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria 02.1.01 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera sobre el documento de seguridad y salud.
Disposición transitoria única — Régimen de adecuación a la nueva norma de los centros de trabajo de la industria extractiva ya existentes
Los centros de trabajo existentes deben adaptarse a la nueva instrucción técnica en 6 meses desde la entrada en vigor de la orden.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el art. 2 del Real Decreto 863/1985, de 2 de abril BOE-A-1985-10836
- art. 23 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre BOE-A-1995-24292
- Real Decreto 150/1996, de 2 de febrero BOE-A-1996-5479
- Ley 54/2003, de 12 de diciembre BOE-A-2003-22861
Leyes que la modifican
- el anexo, por Orden TED/252/2020, de 6 de marzo BOE-A-2020-3853
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