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En vigorInstrucción

Resolución de 9 de junio de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la especificación técnica N.º 2001-1-08 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga/viales, pala cargadora y excavadora hidráulica de cadenas, en actividades extractivas de exterior» de la Instrucción técnica complementaria 02.1.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

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7 de julio de 2008·31 de octubre de 2014·Ministerio de Industria, Turismo y Comercio·BOE-A-2008-11500
Resumen en lenguaje sencillo

Establece la formación obligatoria en seguridad que deben recibir los trabajadores que manejan excavadoras y palas en minas y canteras.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

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  1. Resolución de 9 de junio de 2008, de la dirección general de política energética y minas, por la que se aprueba la especificación técnica n.º 2001-1-08 «formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga/viales, pala cargadora y excavadora hidráulica de cadenas, en actividades extractivas de exterior» de la instrucción técnica complementaria 02.1.02 «formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del reglamento general de normas básicas de seguridad minera — Primero

    Se aprueba la especificación técnica N.º 2001-1-08 sobre formación preventiva para operadores de maquinaria en actividades extractivas de exterior.

  2. Resolución de 9 de junio de 2008, de la dirección general de política energética y minas, por la que se aprueba la especificación técnica n.º 2001-1-08 «formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga/viales, pala cargadora y excavadora hidráulica de cadenas, en actividades extractivas de exterior» de la instrucción técnica complementaria 02.1.02 «formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del reglamento general de normas básicas de seguridad minera — Segundo

    La especificación técnica se aplica al día siguiente de su publicación. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el Secretario General de Energía en un mes.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de julio de 2008
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Notas oficiales

Aplicable desde el 8 de julio de 2008.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • los apartados 1 a 3 y lo indicado, por Resolución de 16 de octubre de 2014 BOE-A-2014-11209
carnet maquinaria pesadacursos maquinaria mineríaformación preventiva mineramanejo de palas cargadorasoperador de excavadoraprevención riesgos laborales mineríaseguridad en minas