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En vigorOrden

Orden ITC/1316/2008, de 7 de mayo, por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria 02.1.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

También conocida como: O 1316/2008, O 1316/08
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13 de mayo de 2008·11 de octubre de 2011·Ministerio de Industria, Turismo y Comercio·BOE-A-2008-8415
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece la formación obligatoria en seguridad que deben recibir los trabajadores de minas para prevenir accidentes en su puesto.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Artículo único — Aprobación de la Instrucción técnica complementaria 02.1.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

    Se aprueba la Instrucción técnica complementaria 02.1.02 sobre formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

  2. Disposición adicional única — Trabajadores que desempeñan funciones de coordinación de actividades empresariales o de recurso preventivo

    La instrucción no aplica a trabajadores con funciones de coordinación de actividades empresariales o de recurso preventivo, quienes mantienen su formación específica propia.

  3. Disposición transitoria única — Régimen de adecuación a la nueva norma de los centros de trabajo ya existentes

    La Dirección General de Política Energética y Minas desarrolla especificaciones técnicas. En un año, los planes de formación de actualización o reciclaje se adaptan a la nueva instrucción.

  4. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la Orden ITC/1316/2008, de 7 de mayo, sobre formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo.

  5. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Orden ITC/1316/2008 entra en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de mayo de 2008
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • aprobando la especificación técnica 2000-1-08: Resolución de 9 de junio de 2008 BOE-A-2008-10482
  • aprobando la especificación técnica 2001-1-08: Resolución de 9 de junio de 2008 BOE-A-2008-11500
  • aprobando la especificación técnica 2002-1-08: Resolución de 7 de octubre de 2008 BOE-A-2008-17191
  • aprobando la especificación técnica 2003-1-10: Resolución de 18 de noviembre de 2010 BOE-A-2010-18826
  • aprobando la especificación técnica 2004-1-10: Resolución de 18 de noviembre de 2010 BOE-A-2010-18827
  • el apartado 7 de la Instrucción técnica 02.1.02, por Orden ITC/2699/2011, de 4 de octubre BOE-A-2011-15940
  • aprobando la especificación técnica número 2005-1-11 "Cartilla de formación personal del trabajador y Libro de registro de cursos recibidos" : Resolución de 16 de octubre de 2014 BOE-A-2014-11208
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