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En vigorInstrucción

Resolución de 9 de junio de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la especificación técnica número 2000-1-08 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de transporte, camión y volquete, en actividades extractivas de exterior» de la instrucción técnica complementaria 02.1.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

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19 de junio de 2008·Ministerio de Industria, Turismo y Comercio·BOE-A-2008-10482
Resumen en lenguaje sencillo

Establece la formación obligatoria en seguridad que deben recibir los conductores de camiones y volquetes que trabajan en minas y canteras.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

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  1. Resolución de 9 de junio de 2008, de la dirección general de política energética y minas, por la que se aprueba la especificación técnica número 2000-1-08 «formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de transporte, camión y volquete, en actividades extractivas de exterior» de la instrucción técnica complementaria 02.1.02 «formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del reglamento general de normas básicas de seguridad minera — Primero

    Se aprueba la especificación técnica 2000-1-08 sobre formación preventiva para operadores de maquinaria de transporte, camión y volquete en actividades extractivas de exterior.

  2. Resolución de 9 de junio de 2008, de la dirección general de política energética y minas, por la que se aprueba la especificación técnica número 2000-1-08 «formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de transporte, camión y volquete, en actividades extractivas de exterior» de la instrucción técnica complementaria 02.1.02 «formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del reglamento general de normas básicas de seguridad minera — Segundo

    La especificación técnica se aplica al día siguiente de su publicación en el BOE. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el Secretario General de Energía en un mes.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
19 de junio de 2008
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Notas oficiales

Aplicable desde el 20 de junio de 2008.

Leyes en las que se basa

carnet camión mineríacurso operador maquinariaformación mineramanejo de volquetesprevención riesgos laboralesseguridad en canterasseguridad en minas