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En vigorLey

Ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria

También conocida como: L 11/2001, L 11/01
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6 de julio de 2001·15 de diciembre de 2021·Jefatura del Estado·BOE-A-2001-13043
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley crea la agencia encargada de vigilar que los alimentos que consumimos sean seguros y cumplan con las normas de salud y calidad.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición

    Se crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Consumo con personalidad jurídica propia.

  2. Artículo 2 — Fines generales, objetivos y ámbito de actuación

    La Agencia Española de Seguridad Alimentaria promueve la seguridad alimentaria y la nutrición. Sus objetivos incluyen coordinar administraciones, prevenir la obesidad, evaluar riesgos y actuar en crisis. Vigila la seguridad de alimentos, cadena alimentaria y sanidad animal/vegetal. Puede ejercer la

  3. Artículo 3 — Órganos de gobierno y órganos ejecutivos de la Agencia

    Los órganos de gobierno y ejecutivos de la Agencia se determinan en su Estatuto, conforme al artículo 90.1 de la Ley 40/2015.

  4. Artículo 4 — Principios de actuación de la Agencia

    La Agencia actúa con independencia, transparencia y precaución. Los ciudadanos tienen acceso a dictámenes e informes. La Agencia comunica riesgos y crisis. Las normas se someten a audiencia y los programas se presentan a Cortes, Gobierno y Comunidades Autónomas.

  5. Artículo 5 — Régimen jurídico aplicable

    El Estatuto de la Agencia regulará su patrimonio, financiación, recursos humanos, presupuesto y contratación, conforme al artículo 93.1 de la Ley 40/2015.

  6. Artículo 6 — Estatuto de la Agencia

    El Gobierno aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición mediante Real Decreto, conforme al artículo 93.2 de la Ley 40/2015.

  7. Disposición adicional primera — Título competencial

    La ley se basa en las competencias del Estado sobre planificación económica y sanidad, según los artículos 149.1.13.ª y 149.1.16.ª de la Constitución.

  8. Disposición adicional segunda — Régimen jurídico aplicable a la resolución administrativa de determinadas materias

    Se excluyen de la audiencia previa en procedimiento administrativo: autorizaciones sanitarias de mercancías (Reglamento UE 2017/625 y órdenes de 1994 y 2021) y de establecimientos de carne para exportar a EE.UU. (Orden de 1995).

  9. Disposición final primera — Desarrollo reglamentario

    Se faculta al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/2001, de 5 de julio, que crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.

  10. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
6 de julio de 2001
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Ley 26/1984, de 19 de julio BOE-A-1984-16737
  • Ley 14/1986, de 25 de abril BOE-A-1986-10499

Leyes que la modifican

  • aprobando el Estatuto de la Agencia: Real Decreto 709/2002, de 19 de julio BOE-A-2002-15091
  • la denominación y el art. 2 , por Ley 44/2006, de 29 de diciembre BOE-A-2006-22950
  • el art. 2.3 y 4, por Ley 17/2011, de 5 de julio BOE-A-2011-11604
  • regulando un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, por Real Decreto 19/2014, de 17 de enero BOE-A-2014-1092
  • los arts. 1 a 6, las disposiciones adicionales 1, 2, SE SUPRIMEN los arts 7 a 9 y SE RENUMERA el art. 10, por Ley 16/2021, de 14 de diciembre de 2021 BOE-A-2021-20630
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