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En vigorLey

Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos

También conocida como: L 1/2001, L 1/01
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22 de junio de 2001·27 de diciembre de 2024·Comunidad de Madrid·BOE-A-2001-11964
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley fija el tiempo máximo que tiene la administración de Madrid para responder a tus solicitudes y qué ocurre si no recibes respuesta a tiempo.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

7
Artículos
9
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

8 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Duración de procedimientos y efectos del silencio

    El plazo máximo para resolver y notificar se fija en el anexo. Si vence sin resolución expresa, se producen los efectos señalados en dicho anexo.

  2. Artículo 2 — Habilitación para la modificación reglamentaria

    El Consejo de Gobierno puede reducir plazos (máx. 6 meses) o cambiar efectos por decreto. El aumento de plazos o cambio inverso requiere ley. Se aplican mismas reglas a la Ley 8/1999.

  3. Disposición transitoria única — Régimen transitorio de los procedimientos

    A los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley no se le aplica la misma, rigiéndose por la normativa anterior.

  4. Disposición derogatoria única

    Se derogan normas contrarias. Concretamente: art. 13.2 Ley 4/1999; apartados 3.8, 3.12, 5.3 Ley 8/1999; arts. 7.2, 17.1, 20.3 Ley 9/1999; y párrafo segundo disp. adicional Ley 8/1999.

  5. Disposición final primera — Modificación del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril

    Modifica la Ley 8/1999 de Madrid. El Presidente firma convenios con otras CCAA, Estado y órganos constitucionales. Los Consejeros firman los demás, salvo que se eleve por relevancia. La firma no altera competencias de gasto.

  6. Disposición final segunda — Habilitación al Gobierno

    El Gobierno de la Comunidad de Madrid dictará las disposiciones de desarrollo y aplicación de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre duración máxima y silencio administrativo.

  7. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Ley 1/2001, de 29 de marzo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de junio de 2001
Departamento
Comunidad de Madrid

Notas oficiales

Publicada en el BOCM núm. 85, de 10 de abril de 2001.

Leyes en las que se basa

  • los arts. 26.1.3 y 27.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero BOE-A-1983-6317
  • Lo indicado del los apartados 3.8, 3.12, 5.3 del anexo y apartado 1 de la disposición adicional y MODIFICA el art. 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril BOE-A-1999-11985
  • Lo indicado de los arts. 7.2, 17.1 y 20.3 de la Ley 9/1999, de 9 de abril BOE-A-1999-11986
  • Lo indicado del art. 13.2 de la Ley 4/1999, de 30 de marzo BOE-A-1999-12334
  • Ley 4/1999, de 13 de enero BOE-A-1999-847
  • Ley 14/2000, de 29 de diciembre BOE-A-2000-24357

Leyes que la modifican

  • el apartado 5.2 del anexo indicado y SE MODIFICAN los núms. 1 y 9 del mismo, por la Ley 14/2001, de 26 de diciembre BOE-A-2002-4377
  • el anexo, por Ley 2/2004, de 31 de mayo de 2004 BOE-A-2004-12575
  • el anexo, por Ley 5/2004, de 28 de diciembre BOE-A-2005-2732
  • el anexo, por Ley 4/2006, de 22 de diciembre BOE-A-2007-9769
  • el art. 2.1 y el anexo, por Ley 8/2009, de 21 de diciembre BOE-A-2010-4181
  • el anexo, por Ley 11/2022, de 21 de diciembre BOE-A-2023-7343
  • el anexo.8.2, por Ley 6/2024, de 20 de diciembre BOE-A-2025-3304
  • el anexo, por Ley 8/2024, de 26 de diciembre BOE-A-2025-5523
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