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Ya no está en vigorReal Decreto

Real Decreto 270/2000, de 25 de febrero, por el que se determinan las condiciones para el ejercicio de las funciones del personal de vuelo de las aeronaves civiles

También conocida como: RD 270/2000, RD 270/00
Ver en BOE
15 de marzo de 2000·20 de septiembre de 2022·Ministerio de Fomento·BOE-A-2000-4916
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece los requisitos y títulos necesarios para que los pilotos y tripulantes puedan trabajar en aviones civiles de forma segura.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

19
Artículos
4
Versiones
8
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
15 de marzo de 2000
Departamento
Ministerio de Fomento

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 959/1990, de 8 de junio BOE-A-1990-17723
  • Orden de 30 de junio de 1992 BOE-A-1992-15849
  • Orden de 14 de julio de 1995 BOE-A-1995-17862
  • Orden de 21 de enero de 1997 BOE-A-1997-4580

Leyes que la modifican

  • el art. 7.1, por Real Decreto 1684/2000, de 6 de octubre BOE-A-2000-19274
  • sobre el ejercicio de las funciones de los pilotos de aviones civiles: Orden de 21 de marzo de 2000 BOE-A-2000-6840
  • sobre organización médico-aeronaútica y certificados médicos exigibles al personal: Orden de 21 de marzo de 2000 BOE-A-2000-6841
  • y adopta requisitos conjuntos de aviación relativo a distintos dispositivos de vuelo: Orden FOM/2233/2002, de 4 de septiembre BOE-A-2002-17765
  • sobre centros médicos y médicos examinadores: Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio BOE-A-2003-15239
  • y adopta requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo: Orden FOM/876/2003, de 31 de marzo BOE-A-2003-7742
  • y adopta los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulacion de vuelo - helicóptero: Orden FOM/3811/2004, de 4 de noviembre BOE-A-2004-19751
  • sobre la valoración de la formación y la experiencia como piloto adquiridas en las fuerzas armadas para la obtención de títulos civiles: Orden PRE/0921/2004, de 6 de abril BOE-A-2004-6327
  • con la disposición final 1, y regula el título y la licencia de piloto de planeador para discapacitados motores: Orden FOM/2362/2008, de 29 de julio BOE-A-2008-13589
  • los arts. 2 a 5, por Real Decreto 241/2009, de 2 de marzo BOE-A-2009-4259
  • con la disposición final 1, y regula el requisito de la competencia lingüística y su evaluación: Orden FOM/896/2010, de 6 de abril BOE-A-2010-5881
  • sobre valoración de la formación y experiencia como piloto adquiridas al servicio de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil para la obtención de títulos y licencias civiles: Orden PRE/2059/2011, de 18 de julio BOE-A-2011-12634
  • y completa el régimen aplicable al personal aeronáutico en materia lingüística: Orden FOM/1146/2019, de 13 de noviembre BOE-A-2019-16892
  • por Real Decreto 728/2022, de 6 de septiembre BOE-A-2022-15286
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