Saltar al contenido
← Volver
En vigorReal Decreto

Real Decreto 1975/1999, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el arancel de los registradores de condiciones generales de la contratación

También conocida como: RD 1975/1999, RD 1975/99
Ver en BOE
11 de enero de 2000·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-2000-443
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cuánto deben cobrar los registradores por inscribir contratos con condiciones generales, como las de préstamos o hipotecas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

2
Artículos
1
Versiones
3
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Honorarios de los registradores de condiciones generales de la contratación

    Honorarios: 0,6 euros por presentación, 2,4 euros por asiento, 6 euros certificación, 3 euros nota simple, 1,5 euros publicidad instrumental y 43,27 euros por dictámenes.

  2. Disposición final única — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1975/1999, que aprueba el arancel de los registradores de condiciones generales de la contratación, entra en vigor cuando entre en funcionamiento el Registro de Bienes Muebles.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
11 de enero de 2000
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

cláusulas abusivascontratos bancarioscoste registro contratosgastos registralesprecios servicios registroregistro condiciones generalestarifas registradores