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En vigorLey

Ley 9/1998, de 12 de junio, de Creación del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cantabria

También conocida como: L 9/1998, L 9/98
Ver en BOE
15 de agosto de 1998·29 de junio de 1998·Comunidad Autónoma de Cantabria·BOE-A-1998-19942
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula la creación y funcionamiento del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cantabria para organizar a los profesionales de la región.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
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1
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación

    Se crea el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cantabria como corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para cumplir sus fines.

  2. Artículo 2 — Colegiación

    La colegiación es requisito para ejercer como Fisioterapeuta. Pueden integrarse: diplomados en Fisioterapia (RD 2965/1980), profesionales con especialidad reconocida (Decreto 1957) o habilitados antes de dicho decreto.

  3. Artículo 3 — Ámbito territorial

    El ámbito territorial del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cantabria es la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  4. Disposición transitoria primera

    Los fisioterapeutas de Cantabria eligen una comisión gestora de máx. 5 miembros. En 6 meses se aprueban estatutos provisionales para la Asamblea constituyente, que aprueba estatutos definitivos y elige órganos directivos.

  5. Disposición transitoria segunda

    Los estatutos definitivos y el acta de la Asamblea se remiten a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, que dicta la resolución competente.

  6. Disposición final única

    La Ley 9/1998, de 12 de junio, de Creación del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cantabria, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
15 de agosto de 1998
Departamento
Comunidad Autónoma de Cantabria

Notas oficiales

Publicada en el BOCT núm. 128, de 29 de junio de 1998.

Leyes en las que se basa

  • Decreto de 26 de julio de 1957 (Gazeta) BOE-A-1957-11318
  • Ley 2/1974, de 13 de febrero BOE-A-1974-289
  • Ley 74/1978, de 26 de diciembre BOE-A-1979-697
  • Real Decreto 2965/1980, de 12 de diciembre BOE-A-1981-1226
  • el art. 23.5 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre BOE-A-1982-635
  • Orden de 28 de mayo BOE-A-1986-14379
  • Ley Orgánica 2/1994, de 24 de marzo BOE-A-1994-6941
  • Real Decreto 1379/1996, de 7 de junio BOE-A-1996-14845
  • Ley 7/1997, de 14 de abril BOE-A-1997-7879
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