Real Decreto 1640/1996, de 5 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de espectáculos públicos
También conocida como: RD 1640/1996, RD 1640/96Esta norma transfiere a la Xunta de Galicia la capacidad de gestionar y autorizar los espectáculos públicos que se celebren en su territorio.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de espectáculos públicos, adoptado por el Pleno de dicha Comisión el 25 de junio de 1996.
Artículo 2
Quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios relacionados en el Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos allí especificados.
Artículo 3
Los traspasos son efectivos a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta. El Ministerio del Interior produce los actos administrativos necesarios hasta la entrada en vigor del Real Decreto para mantener los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento.
Disposición final única
El Real Decreto se publica simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Galicia», adquiriendo vigencia a partir de su publicación.
Información general
Notas oficiales
Efectividad del traspaso desde el 1 de octubre de 1996.
Leyes en las que se basa
- Estatuto Parobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril BOE-A-1981-9564
- Real Decreto 581/1982, de 26 de febrero BOE-A-1982-6884
- Ley Orgánica 16/1995, de 27 de diciembre BOE-A-1995-27751
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