Real Decreto 1040/1985, de 25 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de espectáculos
También conocida como: RD 1040/1985, RD 1040/85Esta norma transfiere a la Comunidad Valenciana la gestión y control de los espectáculos públicos que antes dependían del Gobierno central.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta (Disposición Transitoria Cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 25 de abril de 1985) para traspasar funciones de espectáculos públicos.
Artículo 2
Quedan traspasadas a la Comunidad Valenciana las funciones del anexo I, servicios, bienes, derechos, obligaciones y personal. El anexo II recoge las disposiciones legales afectadas por el traspaso.
Artículo 3
Los traspasos tienen efectividad desde el 1 de julio de 1985. El Ministerio del Interior mantiene los servicios en el mismo régimen hasta la publicación del Real Decreto.
Artículo 4
Los créditos presupuestarios se transfieren al Ministerio de Economía y Hacienda para financiar servicios de las Comunidades Autónomas, tras remitir certificados de retención por la Oficina Presupuestaria del Ministerio del Interior.
Artículo 5
El Real Decreto 1040/1985, de 25 de mayo, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de espectáculos, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Notas oficiales
Efectividad del traspaso desde el 1 de julio de 1985.
Leyes en las que se basa
- Real Decreto 2663/1977, de 15 de octubre BOE-A-1978-3287
- Orden de 10 de mayo de 1982 BOE-A-1982-11387
- Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto BOE-A-1982-28915
- Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-3156
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