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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos

También conocida como: RD 1677/1984, RD 1677/84
Ver en BOE
19 de septiembre de 1984·Presidencia del Gobierno·BOE-A-1984-21517
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma transfiere a la Junta de Andalucía la gestión y los permisos necesarios para organizar espectáculos públicos en la región.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
Artículos
1
Versiones
6
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Se aprueba el traspaso de funciones, servicios y medios del Estado a Andalucía en materia de espectáculos públicos, conforme al acuerdo de la Comisión Mixta.

  2. Artículo 2

    Se traspasan funciones, servicios, bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios a Andalucía, detallados en los anexos I y II del Real Decreto.

  3. Artículo 3

    Los traspasos tienen efecto desde el 1 de enero de 1984. El Ministerio del Interior mantiene los servicios hasta la publicación del Real Decreto.

  4. Artículo 4

    Los créditos presupuestarios de 1984 se transfieren al Ministerio de Economía y Hacienda tras remitir certificados de retención por el Ministerio del Interior.

  5. Artículo 5

    El Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
19 de septiembre de 1984
Departamento
Presidencia del Gobierno

Notas oficiales

Efectividad del traspaso desde el 1 de enero de 1984.

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 2663/1977, de 15 de octubre BOE-A-1977-25580
  • Orden de 10 de mayo de 1982 BOE-A-1982-11387
  • Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto BOE-A-1982-28915
  • el Real Decreto 3825/1982, de 15 de diciembre BOE-A-1982-34511
  • la disposición transitoria segunda del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre BOE-A-1982-633

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 294, de 8 de diciembre de 1984 BOE-A-1984-26910
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