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En vigorReal Decreto

Real Decreto 3825/1982, de 15 de diciembre, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda de su Estatuto de Autonomía

También conocida como: RD 3825/1982, RD 3825/82
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28 de diciembre de 1982·Ministerio de Administración Territorial·BOE-A-1982-34511
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo el Estado transfirió servicios y competencias a la Junta de Andalucía para que esta pudiera gestionarlos directamente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

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  1. Artículo. 1.º

    La Comisión Mixta de Transferencias de Andalucía ajusta su actuación a las normas aprobadas por el Real Decreto 3825/1982, formuladas dentro de los preceptos de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía.

  2. Artículo 2

    La Comisión Mixta tiene 14 vocales (7 designados por el Gobierno y 7 por la Junta de Andalucía). La preside el Ministro de Administración Territorial y la vicepreside un representante de la Junta. Pueden ser sustituidos en cualquier momento.

  3. Artículo 3

    La Secretaría la ejercen un funcionario del Estado y otro de la Junta, designados por la Comisión. Levantan actas conjuntas y custodian la documentación el Secretario propuesto por el Presidente.

  4. Artículo 4

    La Comisión se reúne en Madrid o Andalucía. La convocatoria se notifica con 48 horas de antelación, salvo urgencia. El acta incluye asistentes y acuerdos, extendida por duplicado.

  5. Artículo 5

    El Pleno aprueba acuerdos de traspaso por consenso de ambas representaciones. La propuesta se entiende formalizada cuando Presidente y Vicepresidente dan conformidad expresa.

  6. Artículo 6

    La Comisión Mixta está asistida por ponencias especializadas y Comisiones Sectoriales nacionales. Estas trasladan propuestas a la Comisión Mixta para su ratificación.

  7. Artículo 7

    Los acuerdos de traspaso deben incluir normas amparatorias, identificación de servicios, inventario de bienes y personal, valoración del coste y fecha de efectividad. Los bienes traspasados pasan a la Junta de Andalucía. No se transfieren plazas vacantes no dotadas presupuestariamente.

  8. Artículo 8

    Los expedientes pendientes se entregan a la Comunidad Autónoma. Los recursos contra resoluciones estatales se tramitan por la Administración del Estado. La entrega se formaliza por acta.

  9. Artículo 9

    Se expide certificación del acuerdo para que el Ministerio la eleve al Gobierno. La aprobación por Real Decreto se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

  10. Artículo 10

    La certificación de la Comisión Mixta es título suficiente para inscribir traspasos de bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad. El cambio de titularidad en arrendamientos de oficinas no se reputa traspaso ni extingue contratos.

  11. Artículo 11

    Los funcionarios de carrera traspasados a la Junta de Andalucía pasan a situación de supernumerarios, con derecho preferente de reingreso en su localidad. El tiempo de servicio se computa mutuamente sin duplicidad. La Junta asume la Seguridad Social. Se respetan los derechos existentes, incluidos concursos de traslados del Estado. Las dotaciones presupuestarias se transfieren a la Junta.

  12. Artículo 12

    Los traspasos incluyen todas las unidades administrativas. Si no es posible, se adapta el servicio y se coordina con la Administración del Estado para evitar duplicidades, recurriendo a comisiones solo si es inexcusable.

  13. Artículo 13

    La Comisión Mixta prepara los traspasos con celeridad. En dos años desde su constitución, debe acordar el plazo para completarlos y elevarlo al Gobierno y al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

  14. Artículo 14

    La Comisión Mixta puede solicitar documentación e informes a Ministerios y organismos para tomar acuerdos. También puede delegar en sus Vocales la práctica de actuaciones precisas para su cometido.

  15. Artículo 15

    La Comisión Mixta se disolverá una vez completado el traspaso de la totalidad de los servicios que constituye la finalidad de dicha comisión.

  16. DISPOSICIÓN FINAL

    Las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía entran en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
28 de diciembre de 1982
Departamento
Ministerio de Administración Territorial

Leyes en las que se basa

  • la disposición transitoria 2 del Estatuto arobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre BOE-A-1982-633

Leyes que la modifican

  • traspasando funciones en materia de Cámaras oficiales de la Propiedad Urbana: Real Decreto 2031/1983, de 29 de junio BOE-A-1983-21119
  • traspasando funciones en materia de Colegios Profesionales: Real Decreto 2070/1983, de 29 de junio BOE-A-1983-21325
  • traspasando funciones y servicios en materia de Vivienda Rural: Real Decreto 2499/1983, de 20 de julio BOE-A-1983-25240
  • traspasando funciones y servicios en materia de Pesca: Real Decreto 2687/1983, de 21 de septiembre BOE-A-1983-27806
  • traspasando funciones y servicios en materia de Agricultura: Real Decreto 2766/1983, de 5 de octubre BOE-A-1983-28822
  • traspasando funciones y servicios en materia de estudios de ordenación del Territorio y Medio Ambiente: Real Decreto 2802/1983, de 25 de agosto BOE-A-1983-29101
  • traspasando funciones y servicios en materia de ordenación del Litoral y Vertidos al Mar: Real Decreto 2803/1983, de 25 de agosto BOE-A-1983-29102
  • Trspasanod medios en materia de Transportes Terrestres: Real Decreto 2915/1983, de 19 de octubre BOE-A-1983-31029
  • traspasando funciones y servicios en materia de Disciplina de Mercado: Real Decreto 2966/1983, de 19 de octubre BOE-A-1983-31507
  • traspasando funciones y servicios en materia de Fundaciones Benéficas y Laborales: Real Decreto 2974/1983, de 2 de noviembre BOE-A-1983-31515
  • traspasando funciones y servicios en materia de Puertos: Real Decreto 3137/1983, de 25 de agosto BOE-A-1983-33758
  • traspasando funciones y servicios en materia de Trabajo: Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-3736
  • traspasando funciones y servicios en materia de CULTURA: Real Decreto 4096/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-5230
  • traspasando funciones y servicios en materia de Mediación, Arbitraje y Conciliación: Real Decreto 4103/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-5916
  • traspasando funciones y servicios en materia de Ferias Internacionales, Comercio Interior y Cámaras de Comercio, Industria y Navegación: Real Decreto 4109/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-6319
  • traspasando funciones y servicios en materia de Intervención de precios: Real Decreto 4110/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-6320
  • traspasando funciones y servicios en materia de GABINETES TÉCNICOS PROVINCIALES del I.N.H.S.T.: Real Decreto 4121/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-7120
  • traspasando funciones y servicios en materia de TIEMPO libre: Real Decreto 4163/1982, de 29 de diciembre BOE-A-1983-7550
  • traspasando funciones en materia de Carreteras: Real Decreto 951/1984, de 28 de marzo BOE-A-1984-11053
  • traspasando funciones y servicios en materia de Expedientes de Regulación de empleo: Real Decreto 1035/1984, de 9 de mayo BOE-A-1984-12253
  • en materia de Cooperativas: Real Decreto 1052/1984, de 9 de mayo BOE-A-1984-12516
  • traspasando funciones y servicios en materia de Protección de Menores: Real Decreto 1081/1984, de 29 de febrero BOE-A-1984-12886
  • traspasando funciones y servicios en materia de Conservación de la Naturaleza: Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril BOE-A-1984-13113
  • traspasando funciones y servicios en materia de Reforma y desarrollo Agrario: Real Decreto 1129/1984, de 4 de abril BOE-A-1984-13646
  • traspasando funciones y servicios en materia de Abastecimientos, Saneamientos, Encauzamientos, Defensa de Márgenes y Regadíos: Real Decreto 1132/1984, de 26 de marzo BOE-A-1984-13782
  • traspasando funciones y servicios en materia de MEDIO AMBIENTE: Real Decreto 3334/1983, de 5 de octubre BOE-A-1984-1450
  • traspasando funciones y servicios en materia de Protección de Mujer: Real Decreto 3340/1983, de 23 de noviembre BOE-A-1984-1576
  • traspasando funciones y servicios en materia de Conservación de la Naturaleza: Real Decreto 1678/1984, de 1 de agosto BOE-A-1984-21518
  • traspasando funciones en materia de Casinos, Juegos y Apuestas: Real Decreto 1710/1984, de 18 de julio BOE-A-1984-21831
  • traspasando funciones y servicios del Inserso: Real Decreto 1752/1984, de 1 de agosto BOE-A-1984-22509
  • traspasando funciones y servicios en materia de Pequeña y Mediana empresa industrial: Real Decreto 1788/1984, de 1 de agosto BOE-A-1984-22886
  • traspasando funciones y servicios en materia de Selección y Reproducción Animal: Real Decreto 2179/1984, de 14 de noviembre BOE-A-1984-27034
  • traspasando medios en materia de Tiempo libre: Real Decreto 3397/1983, de 14 de diciembre BOE-A-1984-2929
  • traspasando funciones servicios en materia de Investigación Agraria: Real Decreto 3413/1983, de 28 de diciembre BOE-A-1984-3467
  • traspasando funciones y servicios en materia de Patrimonio Arquitectónico, Control de Calidad de la Edificación y la Vivienda: Real Decreto 3481/1983, de 28 de diciembre BOE-A-1984-4309
  • los medios traspasados, por Real Decreto 3513/1983, de 28 de diciembre BOE-A-1984-4731
  • traspasando funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud: Real Decreto 400/1984, de 22 de febrero BOE-A-1984-4947
  • traspasando funciones y servicios en materia de ADMINISTRACIÓN local: Real Decreto 3315/1983, de 20 de julio BOE-A-1984-762
  • traspasando funciones y servicios en materia de Turismo: Real Decreto 3585/1983, de 28 de diciembre BOE-A-1984-9041
  • traspasando medios en materia de Transportes por Carretera y por Cables: Real Decreto 555/1990, de 27 de abril BOE-A-1990-10266
  • traspasando funciones en materia de Calificación y Registro de Sociedades Anónimas Laborales: Real Decreto 558/1990, de 27 de abril BOE-A-1990-10269
  • traspasando funciones y servicios en materia de Enseñanzas Superiores de Marina Civil: Real Decreto 559/1990, de 27 de abril BOE-A-1990-10270
  • traspasando funciones y servicios en materia de Enseñanzas de Graduado social: Real Decreto 560/1990, de 27 de abril BOE-A-1990-10271
  • traspasando funciones y servicios en materia de Cámaras Agrarias: Real Decreto 144/1993, de 29 de enero BOE-A-1993-5627
  • traspasando funciones y servicios de la Formación profesional Ocupacional: Real Decreto 427/1993, de 26 de marzo BOE-A-1993-9913
  • traspasando funciones y servicios en materia de Defensa contra Fraudes y Calidad Agroalimentaria: Real Decreto 1400/1995, de 4 de agosto BOE-A-1995-20690
  • traspasando funciones y servicios en materia de Sociedades Agrarias de Transformación: Real Decreto 1404/1995, de 4 de agosto BOE-A-1995-20694
  • traspasando funciones y servicios en materia de Enseñanzas Náutico-Deportivas y Subacuático-Deportivas: Real Decreto 1405/1995, de 4 de agosto BOE-A-1995-20695
  • traspasando funciones y servicios en materia de Agricultura (Fega): Real Decreto 511/1996, de 15 de marzo BOE-A-1996-8289
  • traspasando funciones y servicios en materia de Provisión de medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia: Real Decreto 141/1997, de 31 de enero BOE-A-1997-5410
  • traspasando funciones y servicios en materia de Provisión de medios Materiales y Económicos de la Administración de Justicia: Real Decreto 142/1997, de 31 de enero BOE-A-1997-5411
  • traspasando funciones y servicios en materia de buceo profesional: Real Decreto 2075/1999, de 30 de diciembre BOE-A-2000-1802
  • traspasando funciones y servicios en materia de parque móvil: Real Decreto 2076/1999, de 30 de diciembre BOE-A-2000-1803
  • traspasando gestión en materia de trabajo, empleo y formación: Real Decreto 467/2003, de 25 de abril BOE-A-2003-8793
  • traspasando funciones y servicios en materia de mediadores de seguros: Real Decreto 1783/2004, de 30 de julio BOE-A-2004-14247
  • traspasando funciones y servicios en materia de asistencia sanitaria encomendada al Instituto social de la Marina: Real Decreto 1784/2004, de 30 de julio BOE-A-2004-14248
  • traspasando funciones y servicios en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos: Real Decreto 2130/2004, de 29 de octubre BOE-A-2004-19394
  • traspasando medios personales adscritos al Hospital militar Vigil de Quiñones de Sevilla: Real Decreto 2399/2004, de 30 de diciembre BOE-A-2004-21917
  • traspasando funciones y servicios en materia de educación, empleo y formación profesional del ISM: Real Decreto 957/2005, de 29 de julio BOE-A-2005-13399
  • traspasando funciones y servicios en materia de servicios sociales encomendados al Instituto social de la Marina (ISM): Real Decreto 958/2005, de 29 de julio BOE-A-2005-13400
  • traspasando funciones y servicios en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos: Real Decreto 1560/2005, de 23 de diciembre BOE-A-2005-21165
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