Real Decreto 228/1986, de 24 de enero, de traspaso de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de espectáculos
También conocida como: RD 228/1986, RD 228/86Esta norma transfiere a Navarra la capacidad de gestionar y autorizar espectáculos públicos, festejos taurinos y eventos deportivos en su territorio.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1
Se aprueba el traspaso de funciones y servicios de espectáculos del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, según acuerdo de 23 de diciembre de 1985.
Artículo 2
Quedan transferidas a la Comunidad Foral de Navarra las funciones y servicios de espectáculos, en los términos del anexo del Real Decreto.
Artículo 3
Los traspasos surten efecto desde la fecha de la Junta de Transferencias. El Ministerio del Interior mantiene los servicios hasta esa fecha.
Artículo 4
Los créditos presupuestarios del anexo se dan de baja desde la entrada en vigor del Real Decreto, mediante expediente de modificación presupuestaria.
Artículo 5
El Real Decreto 228/1986, de 24 de enero, sobre el traspaso de servicios de espectáculos a la Comunidad Foral de Navarra, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Notas oficiales
Efectividad del traspaso desde el 1 de enero de 1986.
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