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Ya no está en vigorReal Decreto

Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos

También conocida como: RD 1247/1995, RD 1247/95
Ver en BOE
9 de agosto de 1995·18 de septiembre de 2024·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-1995-19000
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula los requisitos y trámites para que un vehículo antiguo sea considerado histórico y pueda circular legalmente con beneficios especiales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

18
Artículos
4
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
9 de agosto de 1995
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

  • el art. 249 del Código de la circulación, aprobado por Decreto de 25 de septiembre de 1934 (Gazeta) BOE-A-1934-8197
  • Ley 16/1985, de 25 de junio BOE-A-1985-12534
  • disposición final primera de la Ley sobre Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, texto articulado aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo BOE-A-1990-6396

Leyes que la modifican

  • con efectos desde el 20 de mayo de 2018, los arts. 1.1 y 2.3 del reglamento, por Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre BOE-A-2017-12841
  • con efectos desde el 2 de enero de 2021, el art. 9.7, por Real Decreto 885/2020, de 6 de octubre BOE-A-2020-12767
  • con efectos desde el 1 de octubre de 2024, por Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre BOE-A-2024-18614
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