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Ya no está en vigorReal Decreto

Real Decreto 142/1981, de 9 de enero, sobre organización y funcionamiento del Registro de Entidades Religiosas

También conocida como: RD 142/1981, RD 142/81
Ver en BOE
31 de enero de 1981·1 de agosto de 2015·Ministerio de Justicia·BOE-A-1981-2368
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo las iglesias y comunidades religiosas pueden inscribirse oficialmente en el registro del Ministerio de Justicia.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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3
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4
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
31 de enero de 1981
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • Ley 44/1967, de 28 de junio BOE-A-1967-10949
  • el art. 5 de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio BOE-A-1980-15955

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 40, del 16 de febrero de 1981 BOE-A-1981-3624
  • sobre inscripciones de entidades de la Iglesia: Resolución de 11 de marzo de 1982 BOE-A-1982-7584
  • regulando publicidad del Registro de entidades Religiosas: Orden de 11 de mayo de 1984 BOE-A-1984-11449
  • con el art. 5 sobre procedimientos en el Registro de Entidades Religiosas: Instrucción de 4 de junio de 2014 BOE-A-2014-6378
  • por Real Decreto 594/2015, de 3 de julio BOE-A-2015-8643
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