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Ya no está en vigorReal Decreto

Real Decreto 1961/1980, de 13 de junio, por el que se establece un régimen de indemnizaciones optativas para los pasajeros de los servicios aéreos regulares a quienes se niegue el embarque en el vuelo contratado

También conocida como: RD 1961/1980, RD 1961/80
Ver en BOE
3 de octubre de 1980·20 de septiembre de 2022·Ministerio de Transportes y Comunicaciones·BOE-A-1980-21269
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula las indemnizaciones que puedes recibir si la aerolínea te impide subir al avión por haber vendido más billetes de los disponibles.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

13
Artículos
3
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
3 de octubre de 1980
Departamento
Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el Limite de Indemnización establecido en el art. 4.1.A), por Orden de 12 de marzo de 1984 BOE-A-1984-6767
  • por Real Decreto 728/2022, de 6 de septiembre BOE-A-2022-15286
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