Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 3/1976, de 11 de marzo, sobre expropiación forzosa e imposición de servidumbres de paso de líneas, cables y haces hertzianos para los servicios de telecomunicación y radiodifusión de sonidos e imágenes del Estado

También conocida como: L 3/1976, L 3/76
Ver en BOE
13 de marzo de 1976·Jefatura del Estado·BOE-A-1976-5479
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula cómo el Estado puede instalar cables o antenas en terrenos privados y cómo se compensa a los dueños por estas molestias.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
Artículos
1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero

    La expropiación y servidumbres de paso de líneas y cables para telecomunicaciones se rigen por esta Ley, su Reglamento, la Ley de Expropiación Forzosa de 1954 y su Reglamento de 1957.

  2. Artículo segundo

    Los Ministerios de Gobernación e Información y Turismo gestionan los expedientes. Otros Ministerios establecen condiciones si afectan sus bienes. Los entes locales tienen competencia en suelo urbano o sus servicios.

  3. Artículo tercero

    La servidumbre aérea incluye postes y terreno para edificaciones. La subterránea, el subsuelo a la profundidad reglamentaria. Ambas permiten acceso y ocupación temporal para vigilancia, conservación y reparación de la red.

  4. Artículo cuarto

    Si la servidumbre hace antieconómica la explotación del predio, el propietario podrá ejercer el derecho previsto en el artículo veintitrés de la Ley de Expropiación Forzosa.

  5. Artículo quinto

    El dueño puede cercar o edificar, dejando a salvo la servidumbre. Puede solicitar cambio de trazado a su costa si es técnicamente viable, previa apreciación de los órganos competentes y audiencia de interesados.

  6. Artículo séptimo

    La utilidad pública se informa públicamente 30 días en BOE y prensa local. Si afecta bienes protegidos, se sigue la Ley de Procedimiento Administrativo. La declaración la hace el Ministerio de la Gobernación o Información y Turismo.

  7. Artículo octavo

    La indemnización por expropiación sigue la Ley de Expropiación Forzosa. Por servidumbre de paso incluye: valor del terreno ocupado, depreciación del predio y limitaciones de uso, daños por ocupación temporal y coste de obras para restablecer el suelo.

  8. Artículo noveno

    El procedimiento para ocupar bienes, fijar el precio, pagar y compensar daños sigue la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento de 26 de abril de 1957.

  9. DISPOSICIÓN ADICIONAL

    La Ley se aplica a líneas y cables de telecomunicación y radiodifusión concedidos por los Ministerios de la Gobernación y de Información y Turismo, si se reconoce utilidad pública.

  10. DISPOSICIÓN FINAL

    Los Ministerios de la Gobernación y de Información y Turismo someterán al Gobierno los Decretos necesarios para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de marzo de 1976
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (Gazeta) BOE-A-1954-15431
  • Ley de Régimen local, texto articulado y refundido aprobado por Decreto de 24 de junio de 1955 (Gazeta) BOE-A-1955-9871
  • Reglamento aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 (Gazeta) BOE-A-1957-7998
  • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-11341
  • Ley de Bases del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril BOE-A-1964-6135
cables en mi propiedadexpropiación de terrenosindemnización por obrasinstalaciones de radiodifusióninstalación de antenasservidumbre de pasotorres de telecomunicaciones