Decreto-ley 32/2020, de 9 de diciembre, por el que se establece con carácter extraordinario y urgente una medida compensatoria ante la situación generada por la nueva declaración de estado de alarma mediante Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, para indemnizar a las empresas dedicadas al transporte público regular interurbano de viajeros por carretera de uso general
También conocida como: RDL 32/2020, RDL 32/20Ayudas económicas para empresas de autobuses interurbanos en Andalucía para compensar las pérdidas sufridas durante el estado de alarma.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
Compensación a empresas de transporte interurbano por COVID-19. Período: 1 nov a 31 dic 2020. Causas: reducción demanda, restricciones ocupación y costes desinfección.
Artículo 2 — Procedimiento para la tramitación de la compensación económica
Solicitud antes 31 dic 2020. Enero: documentación (km, ingresos, vehículos, facturas desinfección). La Dirección General de Movilidad revisa y fija importe definitivo, pudiendo ordenar reintegros.
Artículo 3 — Cálculo de la compensación económica extraordinaria
La compensación a empresas de transporte público se calcula restando ingresos reales de teóricos (2020/2021 vs 2019). Incluye costes fijos, variables y limpieza (máx. 20 €/autobús/día). No se pagan costes no asumidos ni se permiten otras indemnizaciones.
Disposición adicional primera — Incorporación de remanentes
Los remanentes del Real Decreto-ley 22/2020 se incorporan al estado de gastos de 2021 para imputar obligaciones devengadas en 2020, si figuran en la cuenta 413.
Disposición adicional segunda — Nuevas compensaciones
Si se requieren nuevas compensaciones por el estado de alarma hasta el 9 de mayo de 2021, el procedimiento se rige por este decreto-ley. La Consejería de Movilidad fija periodos y plazos.
Disposición final primera — Habilitación
Se autoriza a la persona titular de la Consejería de Movilidad para dictar disposiciones de desarrollo y ejecución, previa tramitación de modificaciones presupuestarias si fueran necesarias.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Decreto-ley 32/2020, de 9 de diciembre, que establece una medida compensatoria urgente para indemnizar a empresas de transporte público regular interurbano de viajeros por carretera, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOJA extraordinario núm. 87, de 9 de diciembre de 2020.
Leyes en las que se basa
- el art. 110 del el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo BOE-A-2007-5825
- el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre BOE-A-2020-12898
- Decreto-ley 22/2020, de 1 de septiembre BOJA-b-2020-90361
Leyes que la modifican
- por Resolución de 22 de diciembre de 2020 BOJA-b-2020-90570
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