Saltar al contenido
← Volver
En vigorInstrucción

Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración para la prestación del servicio de llamadas comerciales y se establecen las condiciones para su uso

Ver en BOE
16 de abril de 2026·Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública·BOE-A-2026-8409
Resumen en lenguaje sencillo

Regula el uso de números de teléfono para hacer llamadas comerciales y establece las condiciones para su utilización.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

7
Artículos
1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Atribución de recursos públicos de numeración no geográfica a los servicios de llamadas comerciales

    Se atribuye el código 400 para llamadas comerciales. Las empresas sujetas a la Ley 10/2025 no pueden usar otro rango de numeración para estas llamadas, salvo las excepciones de su disposición transitoria única, apartado 4.

  2. Segundo. Condiciones de uso

    Los números 400 son solo para llamadas comerciales salientes, sin recepción entrante. No sirven para atención al cliente (art. 16.3 Ley 10/2025). Su asignación sigue la Ley 11/2022 de Telecomunicaciones.

  3. Tercero. Tratamiento de las llamadas comerciales

    Los operadores deben abrir el rango NXY=400 para llamadas comerciales, pero queda prohibido llamar a dichos números. La apertura se anuncia entre 5 y 8 meses tras la entrada en vigor. Las llamadas desde 400 se tratan como de red fija y solo pueden destinarse a números geográficos, móviles o de servicios nómadas. Los clientes pueden solicitar la desconexión de este servicio.

  4. Cuarto. Control y supervisión de la numeración empleada para la realización de llamadas comerciales. Derechos de numeración

    Los operadores del servicio telefónico público tienen derecho a números del rango 400. Deben conservar dichos números. La CNMC supervisa el cumplimiento de esta resolución, sin perjuicio de otras autoridades.

  5. Quinto. Asignación inicial

    La CNMC habilita un período de asignación inicial de la numeración. Excepcionalmente, no se aplica el orden de presentación de solicitudes si está justificado y es proporcionado.

  6. Sexto. Plazos

    La CNMC, operadores y empresas deben habilitar el rango NXY = 400 en 6 meses desde la entrada en vigor de la resolución. Tras ese plazo, las llamadas comerciales solo podrán realizarse a través de dicho rango, prohibiéndose el uso de cualquier otra numeración.

  7. Séptimo. Entrada en vigor

    La resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales sobre numeración para llamadas comerciales produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
16 de abril de 2026
Departamento
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

Notas oficiales

Efectos desde el 17 de abril de 2026.

Leyes en las que se basa

  • el art. 27.7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre BOE-A-2004-21841
  • el art. 16.3 de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre BOE-A-2025-26698
llamadas no deseadasnúmeros de teléfononúmeros para llamadas comercialespublicidad telefónicateléfono spamuso de números para empresas