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En vigorOrden

Orden APA/779/2025, de 11 de julio, por la que se establece una zona de veda en los montes coralinos de Cabliers, en el mar de Alborán

También conocida como: O 779/2025, O 779/25
Ver en BOE
22 de julio de 2025·Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación·BOE-A-2025-15207
Resumen en lenguaje sencillo

Se prohíbe pescar en la zona de los montes coralinos de Cabliers, en el mar de Alborán, para proteger el fondo marino y sus corales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    Se establece una veda en los montes coralinos de Cabliers (GSA 3 y 4). Aplica a buques españoles de arrastre, dragas, voracera y pesca recreativa.

  2. Artículo 2 — Veda

    Los buques afectados no pueden realizar actividad pesquera en la zona definida en el anexo. La veda también se aplica a la pesca recreativa.

  3. Artículo 3 — Infracciones y sanciones

    El incumplimiento de la orden se sanciona conforme al título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

  4. Disposición adicional única — Investigación científico-pesquera

    El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación seguirá los efectos de la veda cooperando con instituciones científicas para analizar y evaluar la zona.

  5. Disposición final primera — Título competencial

    La orden se basa en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en pesca marítima.

  6. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden APA/779/2025, de 11 de julio, que establece una zona de veda en los montes coralinos de Cabliers, en el mar de Alborán, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de julio de 2025
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Leyes en las que se basa

  • el art. 7.1 y la disposición final 7 del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio BOE-A-2022-10675
  • el art. 19 de la Ley 5/2023, de 17 de marzo BOE-A-2023-7052
  • el Reglamento (CE) 1967/2006, de 21 de diciembre DOUE-L-2006-82800
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