Orden HAC/1223/2024, de 25 de octubre, por la que se actualizan las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda
También conocida como: O 1223/2024, O 1223/24Esta norma actualiza las direcciones web oficiales del Ministerio de Hacienda para que puedas realizar tus trámites y gestiones de forma segura.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Primero. Objeto y ámbito de aplicación
La orden actualiza las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda como asociadas al Punto de Acceso General (PAGe), cumpliendo la Ley 40/2015 y el Real Decreto 203/2021. Su ámbito incluye los órganos del ministerio y los organismos públicos o entidades de derecho público que se adhieran volunt
Segundo. Sedes electrónicas asociadas
Se actualizan las sedes electrónicas asociadas al PAGe del Ministerio de Hacienda. Son: Central, Tributos, Catastro, Tribunales Económico-Administrativos, Fondos Europeos, Instituto de Estudios Fiscales, IGAE y Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Tercero. Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda
La Sede Central (sede.hacienda.gob.es) cubre todo el departamento. Titularidad: Subsecretaría. Aloja sedes de Fondos Europeos, TACRC, IGAE e Instituto de Estudios Fiscales. Acceso: Internet, teléfono 060, presencial en oficinas.
Cuarto. Sede Electrónica asociada de la Dirección General de Tributos
La Sede de la DGT (https://sede.tributos.hacienda.gob.es) gestiona actuaciones con autenticación. Accesos: web, presencial en oficinas Hacienda, telefónico (060 y teléfonos de la sede).
Quinto. Sede Electrónica asociada de los Tribunales Económico-Administrativos del Estado
La Sede de los Tribunales Económico-Administrativos (https://sede.tea.hacienda.gob.es) gestiona procedimientos tributarios y otros servicios. La titularidad corresponde al Presidente del Tribunal Económico Administrativo Central, con gestión tecnológica de su Subdirección General y responsabilidad
Sexto. Sede Electrónica asociada de la Dirección General del Catastro
La Sede del Catastro (sedecatastro.gob.es) gestiona trámites con autenticación. Acceso: Internet, presencial en Gerencias, telefónico (902 37 36 35). Titularidad: Dirección General del Catastro. Gestión tecnológica: Subdirección General de Tecnología.
Séptimo. Contenidos y servicios de las sedes electrónicas
Las sedes ponen contenidos según el Real Decreto 203/2021. Usan certificado cualificado. El titular es responsable de la información. Se aplican criterios de seguridad e interoperabilidad del Esquema Nacional de Seguridad e Interoperabilidad.
Octavo. Medios para la formulación de quejas y sugerencias
Las quejas tributarias se rigen por el Consejo para la Defensa del Contribuyente. Para otros servicios, se permite presentación electrónica vía Inspección General o presencial/correo en registros y oficinas de atención al público, según el Real Decreto 951/2005. No se consideran medios de queja el
Noveno. Instrumentos de adhesión
Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados al Ministerio de Hacienda pueden adherirse voluntariamente a las sedes electrónicas asociadas mediante el instrumento de adhesión del anexo. Los ya alojados en la Sede Electrónica Central deben acordar su adhesión en el plazo de seis
Décimo. Eficacia
La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Se derogan resoluciones contrarias, salvo la Orden HAP/548/2013 para las Sedes de Administraciones Públicas y Clases Pasivas. Las sedes asociadas mantendrán sus dominios hasta que los nuevos estén operativos, en un plazo máximo de
Información general
Temas
Notas oficiales
Efectos desde el 8 de noviembre de 2024.
Leyes en las que se basa
- en la forma indicada la Orden HAP/548/2013, de 2 de abril BOE-A-2013-3702
- el art. 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre BOE-A-2015-10566
- con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo BOE-A-2021-5032
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 282, de 22 de noviembre de 2024 BOE-A-2024-24345
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