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En vigorLey

Ley 5/2024, de 26 de julio, de Concordia de la Comunitat Valenciana

También conocida como: L 5/2024, L 5/24
Ver en BOE
7 de octubre de 2024·10 de octubre de 2025·Comunitat Valenciana·BOE-A-2024-20163
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula el reconocimiento y apoyo a las víctimas de la violencia política y social en la Comunidad Valenciana durante el siglo XX.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
Artículos
4
Versiones
9
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La Comunitat Valenciana reconoce a víctimas de violencia social, política, terrorismo o persecución (1931-actualidad). Aplica a todas las Administraciones. Se equipara el régimen a la Ley 20/2022 de Memoria Democrática. Las víctimas del terrorismo se rigen por esta ley y la Ley 1/2004 de Ayuda a Víctimas de Terrorismo.

  2. Artículo 2 — Derechos de las víctimas y sus familiares

    Se reconocen derechos a: 1) Indagación, localización, exhumación e identificación de desaparecidos. 2) Reparación y preservación de la memoria, evitando revanchismo. 3) Acceso a documentos públicos para investigar la violencia. 4) Investigación de delitos no resueltos contra víctimas de terrorismo,

  3. Artículo 3 — Unidad Valenciana de la Concordia

    La Generalitat Valenciana coopera en el cumplimiento de obligaciones mediante la Unidad Valenciana de la Concordia, departamento adscrito a la conselleria competente con autonomía funcional. El director, de rango subdirector, debe ser profesor experto en áreas como derecho, historia o sociología.

  4. Artículo 4 — Lugares y documentos de la concordia

    Son lugares de la concordia espacios con relevancia histórica o simbólica vinculada a las víctimas, que deben tener protección patrimonial. Los poderes públicos protegen documentos relacionados, especialmente en riesgo, garantizando acceso para investigación académica. El contenido se desarrolla reg

  5. Artículo 5 — Catálogo de vestigios

    La Generalitat Valenciana asume la elaboración del catálogo de vestigios en la Comunitat Valenciana. La designación del comité de expertos corresponde a los titulares de las consellerias con competencias en protección del patrimonio cultural y concordia por igual.

  6. Disposición adicional primera — Inscripción en el Registro Civil del fallecimiento de víctimas

    La Generalitat impulsará inscribir defunciones de víctimas desaparecidas, según la Ley 20/2011 del Registro Civil.

  7. Disposición adicional segunda — Reinterpretación y recuperación del patrimonio

    Monumentos en la Comunitat Valenciana se entienden como símbolos de concordia. Ayuntamientos o la conselleria con competencias en concordia pueden restaurarlos si respetan la concordia democrática y los derechos de las víctimas.

  8. Disposición transitoria primera — Puesta en funcionamiento de la Unidad Valenciana de la Concordia

    Hasta la puesta en marcha de la Unidad Valenciana de la Concordia, sus funciones las ejercerán las entidades y órganos que las viniesen desempeñando.

  9. Disposición transitoria segunda — Procedimientos en tramitación

    Los procedimientos en memoria democrática iniciados decaen automáticamente al entrar en vigor esta ley, excepto los procesos de exhumación.

  10. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga la Ley 14/2017 de memoria democrática y su normativa de desarrollo. Se disuelven las comisiones, organismos e instituciones públicas autonómicas creadas por dicha ley. Se derogan disposiciones contrarias a esta ley.

  11. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Ley 5/2024, de 26 de julio, de Concordia de la Comunitat Valenciana, entra en vigor a los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de octubre de 2024
Departamento
Comunitat Valenciana

Notas oficiales

Publicada en el DOGV núm. 9903, de 29 de julio de 2024.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • 3112/2025 planteado en relación con los arts. 1.3, 2, el inciso indicado del 3.1, 3.5, disposición transitoria 2 y derogatoria única, con suspensión, desde el 5 de junio de 2025, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, y desde el 29 de abril de 2025, para las partes legitimadas BOE-A-2025-11196
  • los arts. 3, 5 y AÑADE una disposición adicional, por Ley 5/2025, de 30 de mayo BOE-A-2025-11959
  • en el Recurso 3112/2025, el levantamiento de la suspensión de vigencia y aplicación del art. 1.3 y el mantenimiento de la suspensión en el resto de preceptos impugnados, por Auto 88/2025, de 9 de septiembre BOE-A-2025-20269
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