Ley 5/2024, de 26 de julio, de Concordia de la Comunitat Valenciana
También conocida como: L 5/2024, L 5/24Esta ley regula el reconocimiento y apoyo a las víctimas de la violencia política y social en la Comunidad Valenciana durante el siglo XX.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 10 de octubre de 2025
La Ley de Concordia valenciana se modifica sin cambios visibles en su redacción
La Ley de Concordia de la Comunitat Valenciana registra modificaciones en cinco partes de la norma, pero el texto de todas ellas aparece idéntico antes y después. No se aprecia qué cambia en la regulación ni cómo afecta a las personas.
Reforma BOE-A-2025-20269Ver qué cambió → - 5 de junio de 2025Reforma BOE-A-2025-11196Ver qué cambió →
- 31 de mayo de 2025Reforma BOE-A-2025-11959Ver qué cambió →
- 29 de julio de 2024Versión original BOE-A-2024-20163
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación
La Comunitat Valenciana reconoce a víctimas de violencia social, política, terrorismo o persecución (1931-actualidad). Aplica a todas las Administraciones. Se equipara el régimen a la Ley 20/2022 de Memoria Democrática. Las víctimas del terrorismo se rigen por esta ley y la Ley 1/2004 de Ayuda a Víctimas de Terrorismo.
Artículo 2 — Derechos de las víctimas y sus familiares
Se reconocen derechos a: 1) Indagación, localización, exhumación e identificación de desaparecidos. 2) Reparación y preservación de la memoria, evitando revanchismo. 3) Acceso a documentos públicos para investigar la violencia. 4) Investigación de delitos no resueltos contra víctimas de terrorismo,
Artículo 3 — Unidad Valenciana de la Concordia
La Generalitat Valenciana coopera en el cumplimiento de obligaciones mediante la Unidad Valenciana de la Concordia, departamento adscrito a la conselleria competente con autonomía funcional. El director, de rango subdirector, debe ser profesor experto en áreas como derecho, historia o sociología.
Artículo 4 — Lugares y documentos de la concordia
Son lugares de la concordia espacios con relevancia histórica o simbólica vinculada a las víctimas, que deben tener protección patrimonial. Los poderes públicos protegen documentos relacionados, especialmente en riesgo, garantizando acceso para investigación académica. El contenido se desarrolla reg
Artículo 5 — Catálogo de vestigios
La Generalitat Valenciana asume la elaboración del catálogo de vestigios en la Comunitat Valenciana. La designación del comité de expertos corresponde a los titulares de las consellerias con competencias en protección del patrimonio cultural y concordia por igual.
Disposición adicional primera — Inscripción en el Registro Civil del fallecimiento de víctimas
La Generalitat impulsará inscribir defunciones de víctimas desaparecidas, según la Ley 20/2011 del Registro Civil.
Disposición adicional segunda — Reinterpretación y recuperación del patrimonio
Monumentos en la Comunitat Valenciana se entienden como símbolos de concordia. Ayuntamientos o la conselleria con competencias en concordia pueden restaurarlos si respetan la concordia democrática y los derechos de las víctimas.
Disposición transitoria primera — Puesta en funcionamiento de la Unidad Valenciana de la Concordia
Hasta la puesta en marcha de la Unidad Valenciana de la Concordia, sus funciones las ejercerán las entidades y órganos que las viniesen desempeñando.
Disposición transitoria segunda — Procedimientos en tramitación
Los procedimientos en memoria democrática iniciados decaen automáticamente al entrar en vigor esta ley, excepto los procesos de exhumación.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga la Ley 14/2017 de memoria democrática y su normativa de desarrollo. Se disuelven las comisiones, organismos e instituciones públicas autonómicas creadas por dicha ley. Se derogan disposiciones contrarias a esta ley.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Ley 5/2024, de 26 de julio, de Concordia de la Comunitat Valenciana, entra en vigor a los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOGV núm. 9903, de 29 de julio de 2024.
Leyes en las que se basa
- el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio BOE-A-1982-17235
- Ley 1/2004, de 24 de mayo BOE-A-2004-12182
- la Ley 14/2017, de 10 de noviembre BOE-A-2017-15371
- Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática BOE-A-2022-17099
- la Directiva 2012/29/UE, de 25 de octubre DOUE-L-2012-82192
Leyes que la modifican
- 3112/2025 planteado en relación con los arts. 1.3, 2, el inciso indicado del 3.1, 3.5, disposición transitoria 2 y derogatoria única, con suspensión, desde el 5 de junio de 2025, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, y desde el 29 de abril de 2025, para las partes legitimadas BOE-A-2025-11196
- los arts. 3, 5 y AÑADE una disposición adicional, por Ley 5/2025, de 30 de mayo BOE-A-2025-11959
- en el Recurso 3112/2025, el levantamiento de la suspensión de vigencia y aplicación del art. 1.3 y el mantenimiento de la suspensión en el resto de preceptos impugnados, por Auto 88/2025, de 9 de septiembre BOE-A-2025-20269
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