Saltar al contenido
← Volver
En vigorReal Decreto

Real Decreto 590/2024, de 25 de junio, por el que se crea el Museo Cajal

También conocida como: RD 590/2024, RD 590/24
Ver en BOE
26 de junio de 2024·Ministerio de Cultura·BOE-A-2024-12864
Resumen en lenguaje sencillo

Se crea oficialmente el Museo Cajal en Madrid para conservar y exponer el legado científico y personal del premio Nobel Santiago Ramón y Cajal.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

21
Artículos
1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (21 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y naturaleza

    Se crea el Museo Cajal, Museo Nacional estatal dependiente del Ministerio de Ciencia a través del CSIC. Se aplica la Ley 16/1985 y el Real Decreto 620/1987.

  2. Artículo 2 — Objetivos y funciones

    El Museo Cajal preserva y difunde el Legado Cajal. Sus funciones incluyen: exposición, conservación, catalogación, investigación, divulgación, cooperación internacional y estrategia digital.

  3. Artículo 3 — La colección

    La colección del Museo Cajal incluye los bienes del Legado Cajal titularidad del CSIC, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y los que se incorporen en el futuro.

  4. Artículo 4 — Sede

    La sede central del Museo Cajal está en Madrid. Mediante instrumentos de colaboración, podrán establecerse sedes filiales en otros municipios, regulando movilidad de colecciones y exposiciones.

  5. Artículo 5 — Deberes de las sedes

    Las sedes deben mantener requisitos, cumplir funciones, actualizar inventarios, informar horarios, facilitar acceso e investigación, remitir estadísticas al CSIC, difundir valores, garantizar seguridad y permitir inspecciones.

  6. Artículo 6 — Propiedad intelectual

    La reproducción de obras del Museo Cajal es gratuita y solo para investigación, conservación y puesta en valor, según los artículos 35 y 37 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

  7. Artículo 7 — Órganos rectores

    Los órganos rectores del Museo Cajal son la Dirección (adscrita al Ministerio de Ciencia a través del CSIC) y el Comité Científico Asesor. La Dirección técnica depende orgánicamente de la Dirección.

  8. Artículo 8 — Nombramiento, cese y suplencia de la Dirección del Museo

    La Dirección del Museo, nivel subdirección general, es nombrada por el Ministerio de Ciencia entre candidatos propuestos por el CSIC. El cese es por renuncia o decisión ministerial. La Dirección técnica puede suplirle.

  9. Artículo 9 — Funciones de la Dirección del Museo

    La Dirección dirige el trabajo administrativo y técnico, gestiona servicios, asegura el patrimonio, elabora el Plan anual de actividades y la Memoria anual ante el CSIC y el Ministerio, y mantiene relaciones institucionales.

  10. Artículo 10 — Funciones y estructura de la Dirección técnica

    La Dirección técnica dirige conservación, investigación, publicaciones y exposiciones. Dependen de ella: Programación, Colecciones, Investigación, Comunicación y Administración.

  11. Artículo 11 — Funciones y composición del Comité Científico Asesor

    El Comité Científico Asesor, presidido por el CSIC, asesora en decisiones científicas y exposiciones. Tiene 28 vocales designados por el Ministerio, CSIC y Dirección del Museo. Mandato de 3 años renovables.

  12. Artículo 12 — Régimen de funcionamiento del Comité Científico Asesor

    El Comité se reúne al menos trimestralmente. Para válidamente constituirse, asisten la Presidencia, Secretaría y la mitad de miembros. Se permiten sesiones a distancia con medios electrónicos. Pueden crearse comisiones y asistir expertos.

  13. Artículo 13 — Control de eficacia

    El CSIC controla la eficacia del Museo Cajal, evaluando el cumplimiento de los objetivos del Plan Anual y el uso de recursos.

  14. Disposición adicional primera — Relación de puestos de trabajo del Museo

    La relación de puestos de trabajo define los puestos necesarios para las funciones del museo, su número y sus características retributivas y de desempeño.

  15. Disposición adicional segunda — No incremento del gasto público

    Los gastos del Museo Cajal se financian con los créditos de la CSIC y el Ministerio de Ciencia, sin dotaciones adicionales.

  16. Disposición adicional tercera — Reglamento de régimen interno del museo

    En un año se aprueba el reglamento interno del museo, elaborado por un grupo de trabajo de la CSIC y el Ministerio, regulando funciones, colecciones y comité asesor.

  17. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente real decreto.

  18. Disposición final primera — Modificación del Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Red de Museos de España

    Se modifica el Real Decreto 1305/2009 para cambiar el título de 'Museos adscritos al Ministerio de Ciencia e Innovación' por 'Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades'.

  19. Disposición final segunda — Título competencial

    El real decreto se basa en el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre museos estatales.

  20. Disposición final tercera — Habilitación normativa

    Se faculta al titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este real decreto.

  21. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    El Real Decreto 590/2024, de 25 de junio, por el que se crea el Museo Cajal, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
26 de junio de 2024
Departamento
Ministerio de Cultura

Leyes en las que se basa

Santiago Ramón y Cajaldivulgación científicahistoria de la cienciamuseo Cajalmuseos estatalespatrimonio científicovisitar museo Madrid