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En vigorOrden

Orden DEF/264/2023, de 16 de marzo, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire y del Espacio

También conocida como: O 264/2023, O 264/23
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21 de marzo de 2023·Ministerio de Defensa·BOE-A-2023-7332
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma detalla cómo se organiza y funciona internamente el Ejército del Aire y del Espacio para cumplir con sus funciones de defensa.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

25
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1
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4
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (25 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Aprobación de la organización del Ejército del Aire y del Espacio

    Se aprueba la organización básica del Ejército del Aire y del Espacio conforme a la disposición final segunda del Real Decreto 521/2020.

  2. Disposición adicional primera — Control de la navegación aérea

    El control de navegación aérea general y operativa se rige por el artículo 4 de la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea.

  3. Disposición adicional segunda — No incremento del gasto público

    La aplicación de esta orden no incrementa el gasto público ni el coste de funcionamiento del Ministerio de Defensa.

  4. Disposición transitoria única — Unidades existentes

    Las unidades existentes ejercen funciones según adaptaciones. Las no contempladas dependen del Jefe de Estado Mayor hasta la entrada en vigor de la instrucción desarrolladora.

  5. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga la Orden DEF/709/2020 y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a esta orden ministerial.

  6. Disposición final primera — Título competencial habilitante

    Esta orden se dicta conforme a las facultades de desarrollo otorgadas por la disposición final segunda del Real Decreto 521/2020.

  7. Disposición final segunda — Desarrollo y ejecución

    Se faculta al Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio para desarrollar esta orden, incluyendo unidades no contempladas expresamente.

  8. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Orden DEF/264/2023, de 16 de marzo, sobre la organización del Ejército del Aire y del Espacio, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  9. Artículo 1 — Organización del Cuartel General del Ejército del Aire y del Espacio

    El Cuartel General del Ejército del Aire y del Espacio asiste al Jefe de Estado Mayor. Está formado por: Estado Mayor, Gabinete, Jefatura de Servicios Técnicos y Ciberespacio, Servicio Histórico y Cultural, Agrupación del Cuartel General, Asesoría Jurídica y otros órganos. Incluye la Intervención De

  10. Artículo 2 — El Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio

    El Estado Mayor (EMA) apoya al JEMA. Se articula en Jefatura, Secretaría General, y Divisiones de Planes, Operaciones y Logística, responsables del planeamiento, preparación y apoyo logístico.

  11. Artículo 3 — El Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio

    El Gabinete del JEMA es el órgano de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al Jefe de Estado Mayor en los asuntos que este le encomiende.

  12. Artículo 4 — La Jefatura de Servicios Técnicos y Ciberespacio

    La Jefatura de Servicios Técnicos y Ciberespacio asesora al JEMA en ciberespacio, cartografía y apoyo técnico. Coordina la transformación digital con el EMA y depende funcionalmente del SEJEMA. Cuenta con una Dirección de Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

  13. Artículo 5 — El Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire y del Espacio

    El Servicio Histórico y Cultural investiga y difunde la historia aeroespacial y aviación española. Coordina el patrimonio museográfico, el subsistema archivístico, la subred de bibliotecas, centros de lectura y publicaciones, dirigiendo el patrimonio documental y bibliográfico.

  14. Artículo 6 — La Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire y del Espacio

    La Agrupación del Cuartel General es el órgano de servicios generales para seguridad, mantenimiento, vida y funcionamiento de las unidades ubicadas en el Cuartel General del Ejército del Aire y del Espacio, y de aquellas otras que se determinen.

  15. Artículo 7 — La Asesoría Jurídica del Ejército del Aire y del Espacio

    La Asesoría Jurídica es el órgano consultivo único en materia jurídica para el JEMA y otros órganos determinados. Depende orgánicamente del JEMA y funcionalmente de la Asesoría Jurídica General de la Defensa.

  16. Artículo 8 — Unidades de la Fuerza Aeroespacial

    Las unidades de la Fuerza Aeroespacial se preparan para operaciones militares, transfiriéndose a la estructura operativa según la Ley de la Defensa. Posibilitan el empleo de capacidades aéreas y espaciales en entorno militar y para cometidos adicionales del Estado.

  17. Artículo 9 — Organización de la Fuerza Aeroespacial

    La Fuerza Aeroespacial depende del JEMA y se compone del Mando Aéreo de Combate, del Espacio, General, de Canarias y otros órganos determinados.

  18. Artículo 10 — El Mando Aéreo de Combate

    El Mando Aéreo de Combate prepara unidades de combate y apoyo. Se articula en el Cuartel General (con Jefatura, Estado Mayor y Centro de Operaciones), la Jefatura de Vigilancia y Control Aéreo, y la Jefatura de Movilidad Aérea.

  19. Artículo 11 — El Mando del Espacio

    El Mando del Espacio prepara unidades y dirige funciones de vigilancia, control y operación en el espacio. Se articula en un Cuartel General con Jefatura y Estado Mayor.

  20. Artículo 12 — El Mando Aéreo General

    El Mando Aéreo General garantiza la operatividad de bases y aeródromos. Incluye el Cuartel General, la Agrupación de la Base Aérea de Torrejón y la de Zaragoza, encargadas de servicios generales.

  21. Artículo 13 — El Mando Aéreo de Canarias

    El Mando Aéreo de Canarias prepara sus unidades y garantiza la operatividad de bases y aeródromos bajo su responsabilidad. Se articula en un Cuartel General con Jefatura y Estado Mayor.

  22. Artículo 14 — Organización del Apoyo a la Fuerza

    El Apoyo a la Fuerza se realiza mediante: Mando de Personal (recursos humanos), Mando de Apoyo Logístico (recursos materiales) y Dirección de Asuntos Económicos (recursos financieros).

  23. Artículo 15 — El Mando de Personal

    El Mando de Personal, dependiente del JEMA, gestiona el recurso humano. Se articula en Jefatura, Direcciones de Personal, Enseñanza y Sanidad, y el Centro de Guerra Aeroespacial.

  24. Artículo 16 — El Mando de Apoyo Logístico

    El Mando de Apoyo Logístico, dependiente del JEMA, asegura los recursos materiales. Incluye Direcciones de Adquisiciones, Sostenimiento, Ingeniería e Infraestructuras, y la Comisión de Investigación de Accidentes.

  25. Artículo 17 — La Dirección de Asuntos Económicos

    La Dirección de Asuntos Económicos dirige, planifica y administra los recursos económicos, asesorando en materia económico-financiera. Cuenta con la Subdirección de Contabilidad y Presupuesto.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
21 de marzo de 2023
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

Ejército del AireMinisterio de Defensacarrera militardefensa nacionalespacio aéreoestructura del ejércitoorganización militar