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En vigorLey

Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura

También conocida como: L 9/2022, L 9/22
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15 de junio de 2022·Jefatura del Estado·BOE-A-2022-9837
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley busca mejorar la calidad de los edificios y espacios públicos para que sean más sostenibles, accesibles y respetuosos con nuestro patrimonio.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

18
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10
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (18 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La ley protege y fomenta la calidad de la arquitectura como bien de interés general, definiéndola como arte y técnica en equilibrio con valores culturales y medioambientales.

  2. Artículo 2 — Fines de la ley

    La ley busca proteger el patrimonio arquitectónico, fomentar la investigación, la participación profesional, la calidad en la contratación pública, la educación, la sostenibilidad, la accesibilidad y la perspectiva de género.

  3. Artículo 3 — Declaración de bien de interés general

    La arquitectura es un bien de interés general por su impacto en la identidad, bienestar, salud y clima. Los poderes públicos deben protegerla, fomentarla y difundirla según sus competencias.

  4. Artículo 4 — Principio de calidad en la arquitectura

    Las políticas públicas de arquitectura deben inspirarse en la calidad, respetando criterios como adecuación al uso, integración urbana, belleza, sostenibilidad, eficiencia energética, inclusión, seguridad y confort.

  5. Artículo 5 — Medidas para que los poderes públicos preserven, fomenten y divulguen la calidad de la arquitectura

    Los poderes públicos deben promover el marco normativo, actuar con ejemplaridad en su patrimonio, fomentar la I+D+i y el uso de herramientas digitales como BIM, profesionalizar el sector y reconocer las obras de calidad.

  6. Artículo 6 — Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura

    El Consejo Asesor de Arquitectura, adscrito al Ministerio competente, es permanente y multidisciplinar. Sus funciones incluyen fomentar la sensibilización social, revisar normativa, impulsar la investigación, la digitalización BIM, proyectos piloto, la difusión de buenas prácticas y el asesoramiento

  7. Artículo 7 — La Casa de la Arquitectura

    La Casa de la Arquitectura es un museo estatal adscrito al ministerio competente. Sus funciones incluyen fomentar el conocimiento, divulgar el legado, posicionar la excelencia, participar a la ciudadanía, colaborar con educación e investigación, inventariar y conservar testimonios arquitectónicos, y

  8. Disposición adicional única — Estrategia Nacional de Arquitectura

    El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana elaborará en 12 meses una Estrategia Nacional de Arquitectura, no vinculante, con colaboración local y autonómica. Se enmarcará en la Agenda Urbana Española y tendrá en cuenta la Estrategia Nacional de Contratación Pública.

  9. Disposición transitoria primera — Expedientes de contratación a los que no será de aplicación lo previsto en esta ley

    Las especificidades de contratación pública de esta ley no se aplican a expedientes iniciados antes de su entrada en vigor. Para determinar si un expediente fue iniciado, se aplica la disposición transitoria primera de la Ley 9/2017.

  10. Disposición transitoria segunda — Vigencia del Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación

    Hasta que se apruebe el desarrollo reglamentario del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura, el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación continuará sus funciones según el Real Decreto 315/2006.

  11. Disposición derogatoria única — Derogación de normas

    Se derogan las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta ley. En particular, se deroga el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo, por el que se crea el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación.

  12. Disposición final primera

    Se modifica la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Se da nueva redacción a los artículos 29.7, 183.3 y 187.2, y se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 308.

  13. Disposición final segunda

    Se introduce un nuevo artículo 52 bis en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que aprueba medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

  14. Disposición final tercera — Títulos competenciales

    La ley se basa en competencias estatales sobre planificación económica, medio ambiente, minería y patrimonio. Las disposiciones finales primera y segunda se basan en contratos administrativos. Los artículos 6, 7 y finales cuarta y quinta solo aplican a la Administración General del Estado.

  15. Disposición final cuarta — Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura

    El Gobierno debe desarrollar mediante Real Decreto, en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley, la constitución, composición y régimen de funcionamiento del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura.

  16. Disposición final quinta — Regulación de la Casa de la Arquitectura

    El Gobierno debe regular mediante Real Decreto la Casa de la Arquitectura en un plazo máximo de seis meses desde la aprobación de la ley, adaptando el Real Decreto 1636/2006 que crea el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo.

  17. Disposición final sexta — Desarrollo

    Se autoriza al Gobierno para desarrollar esta ley en el marco de sus atribuciones.

  18. Disposición final séptima — Entrada en vigor

    La Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
15 de junio de 2022
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • en la forma indicada el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo BOE-A-2006-5516
  • los arts. 29.7, 183.3, 187.2 y 308 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre BOE-A-2017-12902
  • el art. 52 bis al Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre BOE-A-2020-17340
  • Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero DOUE-L-2021-80170

Leyes que la modifican

  • con el art. 7, y se crea y regula la Casa de la Arquitectura, por Real Decreto 1125/2023, de 19 de diciembre BOE-A-2023-25761
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