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En vigorReal Decreto

Real Decreto 272/2022, de 12 de abril, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente

También conocida como: RD 272/2022, RD 272/22
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7 de mayo de 2022·Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática·BOE-A-2022-7490
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma organiza los niveles de formación en España para que tus estudios y experiencia laboral sean reconocidos y entendidos en toda Europa.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

15
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8
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (15 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    El Real Decreto establece el MECU para completar el marco de cualificaciones español, integrando títulos educativos y certificados de profesionalidad. Facilita la clasificación, transparencia y movilidad laboral.

  2. Artículo 2 — Definiciones

    Define términos clave del Marco Español de Cualificaciones: cualificación, sistema y marco nacional, internacional, resultados del aprendizaje (conocimientos, capacidades, responsabilidad), competencia, validación de aprendizaje no formal, reconocimiento formal, créditos, sistemas de créditos y su.

  3. Artículo 3 — Ámbito de aplicación

    El Marco abarca titulaciones no universitarias (primaria, ESO, bachillerato, FP, artísticas, deportivas) y superiores (RD 1027/2011), más certificados de profesionalidad. No genera homologación.

  4. Artículo 4 — Estructura del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente

    El Marco Español de Cualificaciones tiene 8 niveles. El RD 272/2022 regula los niveles 1-4. El 5-8 se rigen por el RD 1027/2011. Los niveles 1-4 incluyen certificaciones de primaria, ESO, FP básica, Bachillerato, FP y certificados de profesionalidad.

  5. Artículo 5 — Correspondencias con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior

    El nivel 5A corresponde al nivel 1 del MECES. El anexo de esta norma incluye la relación completa de niveles y su correspondencia con el Marco de Educación Superior.

  6. Artículo 6 — Características de las cualificaciones de nivel 1

    Nivel 1: conocimientos básicos entorno inmediato. Capacidades: lectura, escritura, cálculo básico, comunicación sencilla, análisis simple y uso muy básico de TIC. Autonomía: trabajo bajo supervisión directa.

  7. Artículo 7 — Características de las cualificaciones de nivel 2

    Nivel 2: conocimientos básicos en ámbito concreto. Capacidades: aplicar conocimientos, resolver problemas corrientes, comunicar, analizar consecuencias, usar tecnología básica. Autonomía: trabajo bajo supervisión con iniciativa y respeto a normas.

  8. Artículo 8 — Características de las cualificaciones de nivel 3

    Nivel 3: conocimientos generales en ámbitos concretos. Capacidades: aplicar conocimientos, resolver problemas complejos, usar TIC, innovar y adaptar comportamiento. Autonomía: trabajo con supervisión, hábitos saludables y empatía.

  9. Artículo 9 — Características de las cualificaciones de nivel 4

    Nivel 4: conocimientos especializados. Capacidades: analizar, comunicar eficazmente, supervisar trabajo rutinario, innovar, usar TIC solventemente y negociar. Autonomía: autogestión formativa, madurez para progresar y responsabilidad crítica.

  10. Artículo 10 — Características de las cualificaciones de nivel 5

    Las cualificaciones de nivel 5 requieren conocimientos especializados, aplicación autónoma con supervisión, análisis innovador, comunicación profesional y aprendizaje autónomo para avanzar a niveles superiores.

  11. Disposición adicional única — Definición de referentes temáticos para los niveles del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente

    La Secretaría General de Formación Profesional valida y archiva las interpretaciones de los niveles del Marco Europeo de Cualificaciones en ámbitos temáticos y profesionales.

  12. Disposición final primera — Proceso de autocertificación del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente

    El Ministerio de Educación y el de Universidades regularán la autocertificación, documento que acompaña a cada titulación indicando su nivel y descripción de cualificación.

  13. Disposición final segunda — Título competencial

    El real decreto se basa en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre regulación de títulos académicos y profesionales.

  14. Disposición final tercera — Desarrollo normativo y ejecución

    Los Ministerios de Educación y Universidades dictarán disposiciones para el desarrollo de este real decreto y podrán modificar su anexo para mantenerlo actualizado.

  15. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    El Real Decreto 272/2022, de 12 de abril, que establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de mayo de 2022
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Leyes en las que se basa

acceso a estudios superiorescertificados profesionalesequivalencia de títulosformación permanenteniveles de formaciónreconocimiento de experiencia laboralvalidar estudios extranjeros