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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior

También conocida como: RD 1027/2011, RD 1027/11
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3 de agosto de 2011·7 de febrero de 2015·Ministerio de Educación·BOE-A-2011-13317
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma organiza los niveles de los estudios superiores en España para que sea más fácil entender y comparar tu título dentro y fuera del país.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

13
Artículos
3
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8
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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (13 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    El Real Decreto establece el MECES para clasificar, comparar y transparentar las cualificaciones de la educación superior, facilitando la movilidad en Europa y el mercado laboral internacional.

  2. Artículo 2 — Definiciones

    Se definen: cualificación (título/diploma), resultado del aprendizaje (lo que se espera del estudiante), nivel (referente para clasificar) y descriptor (colección de resultados que caracteriza un nivel).

  3. Artículo 3 — Ámbito de aplicación

    El marco aplica a titulaciones oficiales de enseñanza universitaria, artes plásticas y diseño superiores, formación profesional superior, artes plásticas y diseño profesionales, deportivas superiores y títulos equivalentes.

  4. Artículo 4 — Estructura del MECES

    El MECES tiene 4 niveles: 1 (Técnico Superior, eq. MEC 5), 2 (Grado, eq. MEC 6), 3 (Máster, eq. MEC 7) y 4 (Doctor, eq. MEC 8).

  5. Artículo 5 — Técnico Superior

    El nivel Técnico Superior incluye FP superior, artes y deportes superiores. Requiere conocimientos especializados, autonomía, capacidad de análisis, comunicación y aprendizaje autónomo.

  6. Artículo 6 — Nivel de Grado

    El nivel Grado (MECES 2) prepara para actividades profesionales. Requiere conocimientos avanzados, resolución de problemas, interpretación de datos, comunicación clara, autonomía y capacidad para situaciones complejas.

  7. Artículo 7 — Nivel de Máster

    El nivel Máster (MECES 3) ofrece formación avanzada o investigadora. Incluye investigación, innovación y responsabilidad profesional. Los grados de 300 ECTS con 60 ECTS específicos pueden adscribirse al nivel 3.

  8. Artículo 8 — Nivel de Doctor

    El nivel Doctor (MECES 4) forma en técnicas de investigación avanzada. Requiere contribuciones originales, liderazgo de equipos, integridad científica, divulgación internacional y fomento de la innovación social.

  9. Artículo 9 — Definición de referentes temáticos para los niveles del MECES

    La ANECA valida las interpretaciones de los niveles MECES. La Secretaría de Estado define especificidades para enseñanzas no universitarias.

  10. Disposición adicional única — Proceso de autocertificación del MECES

    El Ministerio inicia la autocertificación del MECES con el Marco Europeo en un mes desde la entrada en vigor, según criterios de Bergen y Londres.

  11. Disposición final primera — Título competencial

    El Real Decreto se basa en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre títulos académicos y profesionales. Es de aplicación en todo el territorio nacional.

  12. Disposición final segunda — Aplicación y actualización del MECES

    Se autoriza al Ministro de Educación para dictar instrucciones sobre la aplicación del Real Decreto y actualizar o modificar el contenido de su anexo cuando corresponda.

  13. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, que establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
3 de agosto de 2011
Departamento
Ministerio de Educación

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 900/2007, de 6 de julio BOE-A-2007-13910

Leyes que la modifican

  • el art. 7 y el anexo, por Real Decreto 96/2014, de 14 de febrero BOE-A-2014-2359
  • el art. 4, por Real Decreto 22/2015, de 23 de enero BOE-A-2015-1158
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