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En vigorLey

Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación

También conocida como: L 6/2022, L 6/22
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1 de abril de 2022·Jefatura del Estado·BOE-A-2022-5140
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley obliga a que la información, los edificios y los servicios públicos sean fáciles de entender para personas con discapacidad cognitiva.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

    Se modifican los artículos 2, 5, 23, 29 bis y 99 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad.

  2. Disposición adicional primera — Estudios específicos sobre accesibilidad cognitiva

    El Gobierno debe realizar estudios sobre accesibilidad cognitiva en un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley.

  3. Disposición adicional segunda — Reglamento de condiciones básicas de accesibilidad cognitiva

    El Gobierno debe aprobar un reglamento sobre accesibilidad cognitiva en tres años, previa consulta con diversos organismos.

  4. Disposición adicional tercera — Plan Nacional de Accesibilidad

    El Gobierno aprueba el II Plan Nacional de Accesibilidad en el marco del Plan de Recuperación. Busca que las administraciones transformen entornos, servicios y productos para hacerlos accesibles, incluyendo la accesibilidad cognitiva.

  5. Disposición adicional cuarta — Centro Español de Accesibilidad Cognitiva

    Se crea el Centro Español de Accesibilidad Cognitiva en el Real Patronato sobre Discapacidad. Se encarga de estudiar, investigar, formar y promover buenas prácticas. Su funcionamiento incluirá la participación de organizaciones de personas con discapacidad.

  6. Disposición final primera — Título competencial

    La ley se basa en la competencia exclusiva del Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de derechos y cumplimiento de deberes constitucionales.

  7. Disposición final segunda — Modificación del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad

    El Gobierno debe modificar el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad en seis meses desde la entrada en vigor de la ley. El objetivo es regular las atribuciones y funcionamiento del Centro Español de Accesibilidad Cognitiva.

  8. Disposición final tercera — Desarrollo reglamentario

    El Gobierno dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley, previa consulta al Consejo Nacional de la Discapacidad y a las comunidades autónomas.

  9. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Las medidas con afectación presupuestaria entran en vigor el ejercicio siguiente.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
1 de abril de 2022
Departamento
Jefatura del Estado

Notas oficiales

Entrada en vigor: con la excepción indicada en la disposición final 4, el 2 de abril de 2022.

Leyes en las que se basa

  • los arts. 2 y 9 de la Convención de 13 de diciembre de 2006 BOE-A-2008-6963
  • los arts. 2.k), 5, 23.1 y 2, 99, SUSTITUYE las referencias indicadas de los arts. 17, 42, 43, 73, 89, 105 y AÑADE el art. 29 bis a la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre BOE-A-2013-12632

Leyes que la modifican

  • con la disposición adicional 2 y se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva: Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre BOE-A-2026-18509
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