Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil
También conocida como: RD 176/2022, RD 176/22Establece las normas de comportamiento y los valores éticos que deben seguir los agentes de la Guardia Civil en su trato con los ciudadanos.
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
El Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, tiene por objeto aprobar el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil, cuyo texto se incluye a continuación.
Artículo 2 — Código de Conducta y decálogo del personal de la Guardia Civil
El Código de Conducta define los valores y normas del Cuerpo. El Decálogo anexo compendia las virtudes fundamentales como referencia ética e identidad institucional.
Artículo 3 — Ámbito personal de aplicación
El Código de Conducta se aplica al personal de la Guardia Civil sujeto al régimen de derechos y deberes, y al alumnado de los centros de formación para Oficiales y Cabos y Guardias.
Artículo 4 — Inclusión del Código de Conducta en el sistema de enseñanza de la Guardia Civil y en las actividades que se desarrollan en sus unidades
El Código de Conducta se integra en la formación inicial, de perfeccionamiento y altos estudios. Los mandos velan por su conocimiento e interiorización.
Artículo 5 — Inclusión del Código de Conducta en los procesos selectivos para acceso a las diferentes escalas de la Guardia Civil.
Los procesos selectivos para acceder a las escalas de la Guardia Civil incluyen el contenido del Código de Conducta, valores y normas de comportamiento. Para la promoción profesional, esta inclusión se adapta a los perfiles profesionales del primer empleo correspondiente.
Artículo 6 — Fomento y promoción de la deontología profesional
El Código de Conducta sirve de referencia a las asociaciones profesionales de guardias civiles en sus actividades sociales para fomentar y promover la deontología profesional de sus asociados, conforme al artículo 36 de la Ley Orgánica 11/2007.
Disposición adicional única — Aplicación de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, aprobadas por el Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero
Las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas se aplican a la Guardia Civil. Los capítulos I, II, III y V del título IV solo rigen en conflicto bélico, estado de sitio, misiones militares o integración en unidades militares.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en el Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, que aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil.
Disposición final primera — Título competencial
El Estado tiene competencia exclusiva en defensa, Fuerzas Armadas y seguridad pública, amparado en los artículos 149.1.4.ª y 29.ª de la Constitución.
Disposición final segunda — Facultad de desarrollo normativo
Se faculta a los Ministros de Defensa e Interior para desarrollar este real decreto. La Dirección General de la Guardia Civil dicta instrucciones para difundir el Código y su Decálogo.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, que aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil, entra en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Artículo 1 — Honor
El honor es la principal divisa y seña de identidad del personal de la Guardia Civil. Actúa como guía para cumplir con exactitud sus deberes y obligaciones.
Artículo 2 — Integridad
El personal debe actuar con rectitud, oponerse a la corrupción y no aceptar regalos o favores que comprometan su honestidad.
Artículo 3 — Lealtad
El personal de la Guardia Civil debe mostrar fidelidad, respeto y sinceridad hacia los compañeros, sin importar empleo o destino. La lealtad es recíproca entre superiores y subordinados.
Artículo 4 — Valor
El valor implica actuar con voluntad resuelta y racional ante contingencias y peligros inherentes al deber, incluso a riesgo de sufrir daño, en defensa de los demás.
Artículo 5 — Sentido de la justicia
En el ejercicio de sus funciones, el personal debe actuar con sentido de la justicia, objetividad, ecuanimidad y comprensión, evitando cualquier arbitrariedad, discriminación o trato de favor.
Artículo 6 — Imparcialidad y neutralidad
El personal de la Guardia Civil debe actuar con absoluta imparcialidad y neutralidad, sin prejuicios ni trato discriminatorio hacia ninguna persona o colectivo.
Artículo 7 — Responsabilidad
El personal de la Guardia Civil responde personalmente de sus actos, actuando conforme al Código de Conducta y asumiendo las consecuencias de sus acciones u omisiones.
Artículo 8 — Dignidad
El personal debe servir con seriedad y respeto, velando por el buen nombre de la Institución y la dignidad de las personas.
Artículo 9 — Espíritu de sacrificio
El personal de la Guardia Civil debe mantener una disposición permanente para anteponer el bien común al interés propio, aceptando con abnegación las exigencias que conlleva el cumplimiento del deber.
Artículo 10 — Defensa de la Constitución
El personal de la Guardia Civil debe defender la Constitución Española con lealtad al Rey y respeto al ordenamiento jurídico, cumpliendo la ley. Asimismo, deben respetar y hacer cumplir los tratados y convenios internacionales de España.
Artículo 11 — Respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas
El personal de la Guardia Civil garantiza la seguridad, respeta los derechos fundamentales y libertades públicas, y protege su libre ejercicio. Debe respetar siempre la vida, dignidad e integridad física y moral de las personas.
Artículo 12 — Igualdad y no discriminación
El personal de la Guardia Civil actúa guiado por la igualdad y no discriminación por nacimiento, raza, sexo, orientación sexual, religión, creencia, convicción política, discapacidad, edad, lengua u otra condición personal o social.
Artículo 13 — Neutralidad ideológica y política
El personal de la Guardia Civil mantiene neutralidad ideológica y política, respetando todas las opciones. Se aleja del discurso político y del debate partidista.
Artículo 14 — Jerarquía
El personal de la Guardia Civil cumple sus cometidos respetando estrictamente el orden jerárquico, que define la situación relativa entre sus componentes en mando, subordinación y responsabilidad.
Artículo 15 — Disciplina
La disciplina es norma de actuación que obliga a mandar con responsabilidad y obedecer. Su expresión colectiva es el acatamiento de la Constitución y la individual, el cumplimiento de órdenes.
Artículo 16 — Subordinación
El personal de la Guardia Civil debe obedecer órdenes válidas. Si una orden constituye delito o es contraria a la Constitución, se abstiene de cumplirla y comunica el contenido a la autoridad superior.
Artículo 17 — Respeto y consideración a la pluralidad cultural de España
El personal de la Guardia Civil debe respetar la pluralidad cultural de España y las singularidades territoriales, mostrando consideración hacia la historia, símbolos e instituciones del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales.
Artículo 18 — Formación y competencia profesional
El personal de la Guardia Civil debe prepararse para alcanzar el máximo nivel de competencia profesional, adaptándose a la evolución social y a los nuevos medios, con el fin de prestar el servicio con la mayor eficacia y eficiencia.
Artículo 19 — Cooperación
Los miembros de la Guardia Civil deben cooperar con otras personas, organismos e instituciones sociales sobre la base del principio de lealtad institucional, buscando el bien común y la satisfacción de los intereses generales.
Artículo 20 — Prestigio
El personal de la Guardia Civil debe actuar de forma ejemplar y modélica para mantener y acrecentar el prestigio del Cuerpo, con el fin de ganarse la confianza de la ciudadanía y de las instituciones.
Artículo 21 — Espíritu benemérito
Se prestará auxilio a quien lo necesite, con especial atención a colectivos vulnerables, con los medios disponibles.
Artículo 22 — Espíritu de Cuerpo y compañerismo
Se exige respeto, lealtad y cooperación entre compañeros, prohibiendo encubrimientos. Se trata con respeto al personal retirado.
Artículo 23 — Respeto por la historia y tradiciones del Cuerpo
Los miembros deben conservar y transmitir la historia y tradiciones de la Guardia Civil como deber de gratitud.
Artículo 24 — Disponibilidad permanente y dedicación profesional
Se exige disponibilidad permanente y dedicación profesional total, actuando con iniciativa y espíritu de servicio.
Artículo 25 — Serenidad, prudencia y firmeza
El personal de la Guardia Civil actuará con serenidad, prudencia y firmeza, siguiendo los principios de oportunidad, congruencia y proporcionalidad en sus intervenciones.
Artículo 26 — Eficacia y eficiencia
El personal debe actuar con eficacia y eficiencia, cuidando instalaciones y equipamiento, y aprovechando óptimamente los recursos humanos, materiales y financieros.
Artículo 27 — Reserva respecto del servicio
El personal debe guardar reserva y secreto sobre funciones y datos sensibles. Protege la imagen ciudadana y usa prudentemente las TIC para no inducir a error sobre su oficialidad.
Artículo 28 — Corrección en el uso del uniforme
El uniforme de la Guardia Civil debe usarse con orgullo, corrección y limpieza para proyectar respeto, dignidad, confianza y seguridad ante la ciudadanía.
Artículo 29 — Sostenibilidad corporativa
El personal debe ser consciente del impacto económico, social y medioambiental. Su desempeño guía el compromiso con la protección y sostenibilidad del medio ambiente frente al cambio climático.
Artículo 30 — Igualdad, diversidad y conciliación
Se debe impedir la discriminación, respetando la igualdad entre hombres y mujeres, la diversidad y orientación sexual, y la prevención de la violencia de género. También se fomenta la conciliación familiar y profesional.
Artículo 31 — Saludo militar
El saludo militar se usa como cortesía, disciplina y unión entre miembros del Cuerpo. También muestra respeto a autoridades civiles, otras fuerzas de seguridad, instituciones militares y la ciudadanía.
Artículo 32 — Cuidado de la salud
El personal de la Guardia Civil debe mantener un buen estado físico y mental debido a la exigencia del servicio, para estar en condiciones óptimas de desarrollo de sus funciones.
Artículo 33 — Relaciones con la ciudadanía
El personal de la Guardia Civil debe mostrar cortesía, respeto y auxilio a la ciudadanía, informando comprensiblemente sobre materias que les afecten.
Artículo 34 — Relaciones con las autoridades civiles
Se debe respeto y colaboración con autoridades civiles. Se cumplen órdenes de autoridades jerárquicas, auxiliando a toda autoridad.
Artículo 35 — Auxilio y colaboración con la Administración de Justicia
Como policía judicial, se auxilia a jueces y fiscales respetando su independencia e imparcialidad en las investigaciones encomendadas.
Artículo 36 — Relaciones con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
La actuación con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se basa en cooperación, coordinación, lealtad institucional y respeto competencial.
Artículo 37 — Cooperación y colaboración con las Fuerzas Armadas
El personal de la Guardia Civil mantendrá máxima disposición a cooperar y colaborar con el personal de las Fuerzas Armadas, aportando capacidades complementarias para las misiones encomendadas.
Artículo 38 — Transparencia, comunicación e información pública
El personal colaborará para ofrecer una información coherente, veraz y completa de la actividad profesional, observando siempre el deber de reserva.
Artículo 39 — Identificación
El personal de la Guardia Civil debe identificarse al ejercer funciones si lo piden autoridades o ciudadanos. Solo se omite si la misión o factores externos ponen en peligro la seguridad propia o de terceros.
Artículo 40 — Prevención de riesgos laborales
La prevención de riesgos laborales es prioridad para todos los miembros de la Guardia Civil, especialmente los mandos, quienes deben cumplir y hacer cumplir las normas de prevención aplicables a cada servicio.
Artículo 41 — Autoridad y acción de mando
El mando implica decidir, dar órdenes y mantener disciplina, asumiendo responsabilidad. Se ejerce con respeto a la dignidad, firmeza y sin invadir competencias ajenas. No se pueden ordenar actos contrarios a la Constitución, leyes o delitos.
Artículo 42 — Liderazgo
El liderazgo eficaz requiere influir positivamente, crear cohesión y motivar al equipo. Se basa en prestigio personal, dedicación, preparación, iniciativa, capacidad de decisión y preocupación por el personal, contribuyendo a la buena imagen del Cuerpo.
Artículo 43 — Empleo de la fuerza
Se prioriza la persuasión. La fuerza se usa solo si no hay medio menos lesivo, de forma gradual y proporcional. Las armas de fuego solo ante riesgo grave para la vida o integridad física propia o de terceros, o grave riesgo para la seguridad ciudadana.
Artículo 44 — Trato a las víctimas, testigos y colectivos vulnerables
Se debe dar trato respetuoso, personalizado y no discriminatorio a víctimas y testigos, garantizando protección, información y apoyo. Se presta especial sensibilidad a víctimas de violencia de género, personas indefensas, vulnerables y minorías en riesgo de exclusión.
Artículo 45 — Trato a personas detenidas o bajo custodia
La detención debe hacerse respetando la reputación, imagen y dignidad de la persona. Se vela por su vida e integridad física y moral bajo custodia, respetando su dignidad y prohibiendo vejaciones, maltratos o injurias.
Artículo 46 — Conciencia informativa e investigaciones
El personal debe informar a sus mandos sobre noticias útiles para esclarecer infracciones penales, mantener la seguridad y proteger derechos. Las investigaciones deben ser rigurosas, imparciales, sujetas a legalidad y control judicial, evitando injerencias arbitrarias en la vida privada.
Artículo 47 — Comportamiento en misiones de carácter militar
En misiones militares, el personal actúa según las ordenanzas de las Fuerzas Armadas y las reglas del artículo 6 de la Ley Orgánica 9/2011, sin perjuicio del Código de Conducta.
Artículo 48 — La Guardia Civil como instrumento de la acción exterior del Estado
En misiones exteriores de paz o apoyo humanitario, el personal actúa como instrumento de la Nación española, siendo consciente de que sus actuaciones influyen en el prestigio de la Guardia Civil.
Artículo 49 — Funciones docentes
El personal docente debe basar su trabajo en prestigio y ejemplaridad, con sólida formación moral y alta competencia profesional, potenciando en los alumnos principios éticos y capacidad de decisión.
Artículo 50 — Funciones técnicas, administrativas, logísticas y financieras
El personal con funciones técnicas, administrativas, logísticas y financieras debe garantizar la operatividad y seguridad de las unidades. Su gestión debe basarse en objetividad, imparcialidad, eficacia y eficiencia, defendiendo los derechos de las personas.
Información general
Leyes en las que se basa
- la Ley 29/2014, de 28 de noviembre BOE-A-2014-12408
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